REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintiocho (28) de febrero del año dos mil once (2011)
200° y 152°
ASUNTO: WP11-L-2010-000269
Vista la anterior Transacción, presentada por la profesional del derecho SARAHEVELI MENDOZA AZZATO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 45.642, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadanos RICARDO MONASTERIO, FRANK MUJICA, LUIS LUGO, FRANCISCO ORTIZ, VICTOR ESPINOZA, JOSE ALEMAN, ARGENIS MARCANO, CESAR VERA, TOMAS ROMERO, ALEXIS VELASQUEZ, ALEXIS BRICEÑO, JHON CISNEROS, JOSE RUIZ y JONATHAN BERMUDEZ, por una parte; y por la otra la parte el ciudadano MAURICIO ANTONIO ALOISIO PIÑERUA, en su carácter de Presidente de la demandada PBA CARGO, C.A., debidamente asistido por la profesional del derecho ROSALBA CEBALLOS ESCOBAR, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 17.407, este Tribunal, vista que la Transacción reúne los requisitos de Ley por cuanto la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y tiende a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes; igualmente, por cuanto la referida Transacción comprende los derechos involucrados y una relación circunstanciada de los hechos que la motivan, asimismo, no es contraria a derecho, y se adapta a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por la Sala Social de nuestro Tribunal Supremo de Justicia; este Juzgado de conformidad con lo previsto en el numero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su Reglamento, y por autoridad de la Ley declara: Por cuanto no se vulneraron derechos irrenunciables de los ciudadano RICARDO MONASTERIO, FRANK MUJICA, LUIS LUGO, FRANCISCO ORTIZ, VICTOR ESPINOZA, JOSE ALEMAN, ARGENIS MARCANO, CESAR VERA, TOMAS ROMERO, ALEXIS VELASQUEZ, ALEXIS BRICEÑO, JHON CISNEROS, JOSE RUIZ y JONATHAN BERMUDEZ, identificados ut supra, ni normas de orden público, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada, Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ
Dra. REBECA MARTINEZ LEZAMA
EL SECERTARIO
Abg. WILLIAM SUAREZ
Parte actora: Ricardo Monasterio, Frank Mujica y otros
Parte demandada: PBA Cargo, C.A.
Motivo: Cobro de Diferencia de Pasivos Laborales
RML/WS/greo
WP11-L-2010-000269