REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (18) de Julio del año dos mil once (2011).-

201º y 152º

Vista la anterior solicitud presentada por el Abg. MARCO ANTONIO MALAVE, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 10.124, mediante la cual solicitó se le expida copia certificada mecanografiada del Expediente signado con el N° 1364-05, del Asiento N° 123, del Libro Diario, Tomo LIX, año 2006, de fecha 23-05-2006, Folio (176), Pág. 351, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de la solicitud signada con el N° 1364-05, del Asiento N° 123, del Libro Diario, Tomo LIX, año 2006, de fecha 23-05-2006, Folio (176), Pág. 351,, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL

CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7662-11





Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a la solicitud signada con el N° 1364-05, del Asiento N° 123, del Libro Diario, Tomo LIX, año 2006, de fecha 23-05-2006, Folio (176), Pág. 351, el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“Titulo Supletorio. MARCO ANTONIO MALAVE SALAZAR. Se declaró Titulo supletorio, conforme al artículo 937 del C.P.C.” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los (18) días del mes de Julio del año dos mil once (2011).-
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL










REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (18) de Julio del año dos mil once (2011).-
201° y l52°

Resuelta la presente solicitud, constante de (17) folios útiles, devuélvase a la solicitante. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL



CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7662-11