JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, once de julio de dos mil once.
201º y 152º
En el presente juicio N° 7258, instaurado por el ciudadano el abogado MIGUEL GERARDO PEÑALOZA URBINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.432, en su carácter de representante de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL FINANCIAMIENTO A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (FINAMPYME, R.L), por Cobro de Bolívares por Intimación, contra JOSE GREGORIO TAMARIZ JAIMES y CRISTOBAL TAMARIZ TORRES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.145.825 y V-5.025.272, en su orden; y vista la diligencia de fecha 27 de junio de 2011, suscrita por la demandante, mediante la cual desiste del procedimiento y le sean devueltas las letras de cambio fundamento de la demanda.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por el abogado MIGUEL GERARDO PEÑALOZA, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y conforme a lo solicitado se acuerda entregarle los originales de las letra de cambio que se encuentran en la caja de seguridad del Tribunal..
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,


Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Anaminta Peñaloza Espinoza

En la misma fecha se dejó copia bajo el N° 407
Marilú