JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintiséis de julio de dos mil once.
201º y 152º
En el presente juicio N° 6941, instaurado por el INSTITIUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL DEL ESTADO TACHIRA (FUNDESTA), contra CARMEN DEODA PERNIA CHACON, titular de la cédula de identidad N° V-5.024.087, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN; y vista la diligencia de fecha 20 de julio de 2011, suscrita por la apoderada demandante JEANETTE CORREA DE LORETO, mediante la cual consigna solvencia de cancelación de la parte demandada, de fecha 15-3-2011, donde se evidencia el pago total de las sumas demandadas, por ello solicita se levante la medida de prohibición de enajenar y gravar y se archive el expediente.
Por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE el mismo en cuanto a:
Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente
Referente al levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada, este Tribunal se abstiene de providenciar lo conducente por cuanto observa que en la presente causa no se decreto tal medida.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 448
Marilu
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