REPÚBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Táriba, veintisiete (27) de Julio de 2011.
201° y 152°
Vista la solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana SANDRA COROMOTO SEPÚLVEDA DE MACAREO, asistida por el abogado DANIEL OCTAVIO RUZZA FREITES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 141.557. Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a los ciudadanos SANDRA COROMOTO SEPÚLVEDA DE MACAREO y REINALDO SEPÚLVEDA ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V.-10.170.853 y V.-22.632.481, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la decujus ROSA DELIA JAIMES DE SEPÚLVEDA, quien era venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V.-22.632.613, fallecida el día 09 de Octubre de 2008, según acta de defunción Nro. 209 de fecha 09 de Octubre de 2008, madre y esposa de los ciudadanos antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. LUISA MEDINA
LA SECRETARIA,
ABG. ANNY ORTIZ
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA,
ABG. ANNY ORTIZ
/Nidelys
Sol. 5258-2011
La Juez Titular, (fdo) Abg. Luisa Medina. La Secretaria, (fdo) Abg. Anny Ortiz. Hay sello del Tribunal. La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud Nro. 5258-2011 de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS llevado por este Tribunal. Táriba, Veintiocho (28) de Julio de 2011.
LA SECRETARIA,
ABG. ANNY ORTIZ
/Nidelys
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