REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO
REPUBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 07 de JULIO de 2011.
200° y 151°
Vista la solicitud de UNICA UNIVERSAL HEREDERA presentada por la Ciudadana CARMEN LIGIA ORTIZ ALVAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.161.020, y hábil, asistida por el Abogado DANIEL OCTAVIO RUZZA FREITES venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.554.977, inscrito en el IPSA bajo el N° 141.557, y oídas las declaraciones de los Ciudadanos: BUITRAGO CASTRO SARA MARIA Y BUITRAGO DE RAMIREZ AIDU; ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud, los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a la ciudadana: CARMEN LIGIA ORTIZ ALVAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.161.020, y hábil, el CARÁCTER DE UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del decujus: PERFECTO RAMIREZ ORTIZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.982.594, fallecido el 19 de Febrero del 2011, en su carácter de hijo de la ciudadana antes identificada.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Conforme lo solicitado expídase seis (06) juegos de copias certificadas de todas las actuaciones que conforman el presente expediente.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. LUISA MEDINA
LA SECRETARIA
ABG. MARISOL MALDONADO
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA,
GR
ABG. MARISOL MALDONADO
La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud N° 5235-2011 de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, llevado por este Tribunal. Táriba, 07-07-2011.
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL MALDONADO
GR