En horas de despacho del día de hoy lunes once (11) de julio de dos mil once (2011), siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), se trasladó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios García de Hevia, Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en calle 7 No G-24, del Barrio 19 de Abril, Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, lugar que señalo el profesional del derecho ciudadano MAC FLAVIER ARELLANO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N°. V- 4.473.683, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 90.853, quien actúa como endosatario en procuración de la ciudadana: MILEIVY ESCOBAR OCHOA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.886.546; todo con el fin de dar cumplimiento a la Comisión de Medida Preventiva de Embargo conferida en el Expediente N° 1871-2011, por el Juzgado de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Juicio de Cobro de Bolívares – Vía Intimación, sobre bienes muebles propiedad de la demandada de autos, ciudadana: OSIRIS RAMOS A, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E.- 84.420.601 hasta cubrir la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON DIECISÉIS CENTIMOS (Bs. 8.462,16), que comprende el doble de la suma demandada, y en caso de que el embargo se practique sobre cantidades líquidas solo se efectuara hasta cubrir la cantidad CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 4.231,08). Constituido como se encuentra este Juzgado Ejecutor de Medidas, el Juez Ejecutor, Abg. Rafael M. Nieto R, procedió a notificar de la misión a cumplir a una ciudadana que dijo ser y llamarse CARMEN OSIRIS RAMOS ARTEAGA, colombiana residente, titular de la cédula de identidad N° E.- 84.420.601, en su carácter de demandada en la presente causa y a quien se le hizo saber que por cuanto el derecho a la defensa es un derecho constitucional que debe ser protegido en cualquier estado y grado del proceso, se le concede un lapso de tiempo de treinta (30) minutos a los fines de que se comunique con abogado o persona de su confianza que lo asista en la defensa de sus derechos e intereses. Vencido como se encuentra el lapso de tiempo supra señalado el ciudadano Juez Ejecutor procede a continuar con la práctica de la presente medida de embargo preventivo. En este estado solicito el derecho de palabra el abogado actor MAC FLAVIER ARELLANO CHACON, identificado en la presente acta, y concedido que le fue expuso: “por cuanto la ciudadana CARMEN OSIRIS RAMOS ARTEAGA, pagó en este acto la cantidad de UN MIL SESICIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 1.680,oo), en dinero en efectivo y moneda de curso legal, comprometiéndose a cancelar la suma restante, es decir la cantidad de (Bs. 2.400,oo) para el día lunes veinticinco de julio del año en curso, es por lo que solicito al ciudadano Juez Ejecutor, se sirva suspender la práctica de la presente medida de Embargo Preventivo y se mantenga la comisión en el despacho, es todo”. Este Juzgado Ejecutor de Medidas vista la exposición formulada por la parte actora y por no ser contraria a derecho la acuerda en conformidad, en consecuencia, se suspende la práctica de la presente medida de Embargo Preventivo y se ordena mantener la presente comisión en el archivo del Juzgado, igualmente se deja constancia de que la ciudadana CARMEN OSIRIS RAMOS ARTEAGA, ya identificada, entregó en este acto al Abogado Actor la suma de MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600,oo), en dinero en efectivo y moneda de curso legal. Este Juzgado Ejecutor estuvo custodiado por los funcionarios adscritos a la POLICÍA DEL TÁCHIRA, ciudadanos Sgto. II. NELSON ACEVEDO, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.106.052, Placa N° 754 y Agt. ENDER CADENA, titular de la cédula de identidad número V.- 17.083.882, Placa N° 3145. No siendo otro el objeto del Tribunal se le dio lectura al acta y conforme se firma. El Juzgado regresa a su sede siendo las once y treinta horas de la mañana (11:30 a.m.). - -


EL JUEZ EJECUTOR
Abg. RAFAEL M. NIETO R.


Mac Flavier Arellano Chacón Carmen Osiris Ramos A.
ABOGADO ACTOR NOTIFICADA DEMANDADA


FUNCIONARIOS POLICÍA DEL TÁCHIRA


SECRETARIO ACCIDENTAL
HENRY A. ROBLES M

C-1445-2010.-