REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 18 de julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2008-006594
ASUNTO : 2E-2277-10

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de BORIS ALEXIS POSADA NOREÑA, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.

A BORIS ALEXIS POSADA NOREÑA, se le condenó a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de TRES (03) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, aunado a una primera redención de fecha 23/07/2010, por un lapso de OCHO (08) MESES y CATORCE (14) DIAS, por lo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 27/12/2008, hasta el día de hoy, que se encuentra bajo el beneficio de TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL.

Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 14/04/2009.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 24/09/2009.

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual cumplirá el 04/07/2011.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 14/12/2011.

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 14/04/2013.

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de citación al penado, a los fines de sea impuesto del nuevo cómputo de pena y de Redención. Cúmplase.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION

DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,

ABG. LOLYMAR PULIDO