REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 28 de julio de 2011
201º y 152º
Vista la anterior demanda de DAÑOS MATERIALES POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO y los recaudos acompañados, presentada por el ciudadano: JOSE EVELIO NATERA MONTIEL, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.715.527, debidamente asistido por el abogado GUSTAVO EDUARDO BESSON BELLORIN, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.908, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, publicada en Gaceta Oficial Nº 37.332, de fecha 26 de noviembre de dos mil 2001, el cual textualmente establece:
Artículo 150: “...El procedimiento para determinar la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito en los cuales se hayan ocasionado daños a personas o cosas, será el establecido para el juicio oral en el Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal, sobre la reparación de daños. La acción se interpondrá por ante el Tribunal competente según la cuantía del daño, en la Circunscripción donde haya ocurrido el hecho....”.
Por expresa remisión de la Ley Especial, se establece que el presente procedimiento debe ser tramitado mediante el Juicio Oral establecido en los artículos 859, y siguientes del Código de Procedimiento Civil, conforme a los cuales se admite la presente demanda, en cuanto a lugar a derecho. En consecuencia, emplácese al ciudadano: GILBERTO SOLORZANO, en su condición de conductor del vehículo PLACAS: 601 MBH; Marca: FORD, Color: Blanco: Modelo: Carga; Serial de Carrocería: 9BFYCEGY87BB87594; Serial del motor: 0000036003118; y a la empresa TRANSPORTE BRIENZA C.A., en su carácter de propietaria del vehículo antes señalado, en la persona de cualquiera de sus miembros de la Junta Directiva, ciudadanos: SERULLO SCELZO CATALDO y /o JUAN EDUARDO NUÑEZ MENDOZA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 6.314.676 y 10.631.392 respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos, la última de las citaciones que de la parte demandada se practique, cualquiera que sea su orden, a fin de que presenten escrito de contestación a la demanda, para lo cual se dará expreso cumplimiento a lo establecido en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, en su encabezamiento. Líbrense compulsas de citaciones, con inclusión del auto de admisión y la orden de comparecencia al pié y entréguese al Alguacil del Tribunal.
Ahora bien, por cuanto en el libelo de la demanda, la parte actora señaló que el domicilio del co-demandado, ciudadano GILBERTO SOLORZANO, se encuentra en el Estado Nueva Esparta, este Tribunal a los efectos de la practica de la citación del mismo, Exhorta al Juzgado del Municipio Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a quien se le ordena librar despacho, y remitir con oficio, dejándose expresa constancia que al referido co-demandado, se le concede diez (10) días consecutivos, como Termino de distancia, el cual deberá computarse previamente al lapso de emplazamiento para la contestación de la demanda antes señalado.
Se acuerda oficiar al Presidente del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio de Infraestructura, ente competente para ello, de conformidad con lo señalado en el artículo 148 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, a fin de que informe al Tribunal a la mayor brevedad posible, si fue levantado en fecha 06 de agosto de 2010, un accidente, ocurrido a las 8:30am., en la Av. San Sebastian, Sector Corapal, Parroquia Caraballeda del Estado Vargas, según se desprende del Expediente Nº 1503, de la Unidad de Transito Nº 3 del Estado Vargas, entre los Vehículos: Placas: 60IMBH, Marca: FORD, Color: Blanco, Modelo: Carga, Serial de Carrocería: 9BFYCEGY87BB87594, Serial del motor: 0000036003118, conducido por el ciudadano: GILBERTO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad Nº 11.635.906, y el vehículo, Placas: GC161A, Marca: Mazda, Modelo: M-3, Año: 2005, Serial Carrocería: 9FCBK556617000059L, conducido por el ciudadano: JOSE NATERA, titular de la cédula de identidad Nº 12.715.527. Líbrese el correspondiente oficio.
Asimismo, se constata igualmente del libelo de la demanda, que el accidente de tránsito que derivó la interposición de la misma, ocurrió el día 06 de Agosto de 2010, y dado que la parte actora solicitó en el petitorio de la demanda, se le expida copia certificada de la misma, a los fines de gestionar su registro e interrumpir la prescripción de la acción, este Tribunal ordena expedir la copia certificada solicitada, por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil Y así se decide.
LA JUEZ,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.
EL SECRETARIO,
ABG. GERARDO FREITES GONZALEZ
En esta misma fecha se libraron los Oficios Nros. 3046/11 Y 3047/11. No se libraron las compulsas, por cuanto no constan en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
EL SECRETARIO,
ABG. GERARDO FRETES GONZALEZ
SRP/mary
Exp. Nº 1816/11
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 28 de julio de 2011
201º y 152º
OFICIO N° 3047/11.-
CIUDADANO:
PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL
DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO TERRESTRE DEL
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA
Su Despacho.
Mediante el presente Oficio, tengo a bien participar a Usted, que por auto de ésta misma fecha, dictado en el Expediente N° 1816/11, contentivo del Juicio de DAÑOS MATERIALES POR ACCIDENTE DE TRANSITO, incoado por el ciudadano: JOSE EVELIO NATERA MONTIEL, contra TRANSPORTE BRIENZA C.A. y el ciudadano GILBERTO SOLORZANO, ordenó solicitar su valiosa colaboración, en el sentido que se sirva informar al Tribunal, a la mayor brevedad posible, si fue levantado en fecha 06 de agosto de 2010, un accidente, ocurrido a las 8:30am., en la Av. San Sebastian, Sector Corapal, Parroquia Caraballeda del Estado Vargas, según se desprende del Expediente Nº 1503, de la Unidad de Transito Nº 3 del Estado Vargas, entre los Vehículos: Placas: 60IMBH, Marca: FORD, Color: Blanco, Modelo: Carga, Serial de Carrocería: 9BFYCEGY87BB87594, Serial del motor: 0000036003118, conducido por el ciudadano: GILBERTO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad Nº 11.635.906, y el vehículo, Placas: GC161A, Marca: Mazda, Modelo: M-3, Año: 2005, Serial Carrocería: 9FCBK556617000059L, conducido por el ciudadano: JOSE NATERA, titular de la cédula de identidad Nº 12.715.527, todo de conformidad con lo señalado en el artículo 148 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre.
Participación y solicitud que se le hace, a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.
SRP/mary
Exp. N° 11816/11
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 28 de julio de 2011
201° y 152°
OFICIO N° 3046/11.-
Ciudadano:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA
EN LA ASUNCION DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Su Despacho.
Formalmente me dirijo a Usted, a fin de remitirle adjunto al presente Oficio, Despacho y Compulsa de Citación, librados en el Expediente N° 1816/11, contentivo del juicio de DAÑOS MATERIALES (ACCIDENTE DE TRANSITO), incoado por el ciudadano JOSE EVELIO NATERA MONTIEL, contra TRANSPORTE BRIANZA C.A. y el ciudadano: GILBERTO SOLORZANO, a los fines de su Distribución, y el Tribunal a quien corresponda, le de cumplimiento a lo que el mismo se contrae.
Remisión que se le hace, a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ.
SRP/GFG/mary
Exp. N° 1401/09.
Anexo: lo indicado.
__________________________________________________________________
Calle Los Baños, Edificio Centro Caribe Vargas, Piso 3, Ofic. Maiquetía, Estado Vargas.
Tlf. 0212-3314704
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
HACE SABER:
AL JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LA ASUNCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, A QUIEN POR DISTRIBUCIÓN LE CORRESPONDA.
Que con motivo del juicio de DAÑOS MATERIALES (ACCIDENTE DE TRANSITO), incoado por el ciudadano JOSE EVELIO NATERA MONTIEL, contra TRANSPORTE BRIANZA C.A. y el ciudadano GILBERTO SOLÓRZANO, que se sustancia en el Expediente Nº 1816/11, éste Tribunal por auto de ésta misma fecha, lo Exhortó a los fines de que se sirva practicar la Citación de la parte demandada, ciudadano: GILBERTO SOLORZANO, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.635.906, domiciliado en la Calle Sabatel de La Guardia, Estado Nueva Esparta, conforme lo dispone el Artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, cuya Compulsa de Citación se le anexa.
Que se le concedió a la parte demandada, se le concede diez (10) días consecutivos, como termino de distancia, el cual deberá computarse previamente al emplazamiento de la contestación de la demanda.
Que la parte actora se encuentra representada por el Dr. GUSTAVO EDUARDO BESSON BELLORIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.908.
Que la parte accionada no ha constituido apoderado judicial alguno.
Que una vez recibido el presente Exhorto, se servirá darle fiel cumplimiento y lo devolverá original con sus resultas a éste Tribunal a la mayor brevedad posible.
Que esta facultado para darle cumplimiento a lo establecido en el Artículo 227 del Código de Procedimiento Civil.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los veintinueve (29) días del mes de Julio de dos mil once (2011).
AÑOS: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ, EL SECRETARIO,
Dra. SCARLET RODRÍGUEZ PEREZ ABG. GERARDO FREITES GONZALEZ
SRP/GFG/mary
Exp. N° 1401/09.