REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
201º y 152º

SOLICITUD:
Nº 3375/11.
SOLICITANTES:
MARIELA KARINA D´ WUENTT LAYA.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

ABOGADO ASISTENTE:
FREDDY JOSE MACHADO D´WUENTT.

DECISIÓN INTERLOCUTORIA

I
NARRATIVA
Previo sorteo de distribución de solicitudes fue asignada a este Juzgado la presente solicitud de JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: MARIELA KARINA D´WUEWNTT LAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.636.058, quien actúa en su propio nombre, y en representación de los ciudadanos: GLADYS MARIA LAYA DE D´WUENT, CARLOS RAMON D´WUENTT LAYA Y VICTOR ALFONSO D´WUENTT LAYA, CLARA MARIA D´WUENTT DE MACHADO, XIOMARA D´WUENTT GONZALEZ, SONIA D´WUENTT GONZALEZ, OSWALDO JOSE D´WUENTT GONZALEZ, ORLANDO JOSE D´WUENTT GONZALEZ, MONICA TRINIDAD D´WUENTT DE TORRES, Y HAYDE DEL VALLE D´WUENTT SALAZAR, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: 1.848.288, 7.996.318, 10.584.011, 5.095.635, 5.573.108, 5.573.457, 6.469.099, 6.800.800, 6.920.698 y 4.909.719 respectivamente, en sus condiciones de hijos y legítima cónyuge del causante NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIN, debidamente asistida por el profesional del derecho FREDDY JOSE MACHADO D´WUENTT, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.236, por lo que previa consignación de los documentos fundamentales de la solicitud, se admitió por auto de fecha 27 de Junio de 2011, fijándose oportunidad para la declaración de los testigos que la postulante presentará al Tribunal.
II
MOTIVACIÓN
La solicitante en su condición de hija del causante NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIN, actuando en su propio nombre, y en representación de su madre y hermanos, todos ampliamente identificados con antelación, solicitó que se les declare como Únicos y Universales Herederos del mismo, fallecido en fecha 02 de Julio de 2006, en la Parroquia Maiquetía del Estado Vargas.
A los fines de su solicitud, la solicitante consignó los siguientes documentos:
1) Copias simples de las Cédulas de Identidad del Causante, de su Conyugue y de sus Hijos.
2) Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano: NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIN, expedida en fecha 06/07/06, por el Registro Civil de la Parroquia La Guaira del Estado Vargas, signada con el Nº 201, folio 101, del Libro para Defunciones del año 2006. Folio 07.
3) Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos: NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIN Y GLADYS MARIA LAYA, expedida en fecha 17/05/11, por la Registradora Civil de la Parroquia La Guaira, Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, signada con el Nº 106, folio 110, del Libro para Matrimonios del año 1.966. Folio 09.
4) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: CARLOS RAMON D´WUENTT LAYA, expedida en fecha 13/05/11, por la Coordinadora del Registro Civil del Estado Vargas, signada con el Nº 1477, folio 247, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 13/05/1967. Folio 11 y su vuelto.
5) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: VICTOR ALFONSO D´WUENTT LAYA, expedida en fecha 13/05/11, por la Coordinadora del Registro Civil del Estado Vargas, signada con el Nº 708, folio 354, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 29/07/1971. Folio 13 y su vuelto.
6) Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: CLARA MARIA D´WUENTT GONZALEZ, expedida en fecha 13/05/11, por la Registradora Civil de la Parroquia La Guaira, Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, signada con el Nº 45, folio 23, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 14/01/1957. Folio 15 y su vuelto.
7) Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: XIOMARA D´WUENTT GONZALEZ, expedida en fecha 13/05/11, por la Registradora Civil de la Parroquia La Guaira, Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, signada con el Nº 2009, folio 357, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 03/10/1958. Folio 17.
8) Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: SONIA D´WUENTT GONZALEZ, expedida en fecha 13/05/11, por la Registradora Civil de la Parroquia La Guaira, Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, signada con el Nº 1061, folio 34, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 14/05/1960. Folio 19 y su vuelto.
9) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: OSWALDO JOSÉ D´WUENTT GONZALEZ, expedida en fecha 13/05/11, por la Registradora Civil de la Parroquia La Guaira, Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, signada con el Nº 2075, folio 44, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 03/10/1958. Folio 21 y su vuelto.
10) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: ORLANDO JOSÉ D´WUENTT GONZALEZ, expedida en fecha 13/05/11, por la Registradora Civil de la Parroquia La Guaira, Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, signada con el Nº 2367, folio 189, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 12/08/1961. Folio 23.
11) Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: MONICA TRINIDAD D´WUENTT GONZALEZ, expedida en fecha 13/05/11, por la Registradora Civil de la Parroquia La Guaira, Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, signada con el Nº 1789, folio 398 Vto, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 30/06/1962. Folio 25.
12) Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: HAYDE DEL VALLE D´WUENTT SALAZAR, expedida en fecha 06/07/10, por la Directora del Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, signada con el Nº 961, folio 463, asentada del Libro Principal del Registro de Nacimientos, en fecha 25/07/1955. Folio 27.
13) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: MARIELA KARINA D´WUENTT LAYA, expedida en fecha 13/05/11, por la Coordinadora del Registro Civil del Estado Vargas, signada con el Nº 516, folio 258, asentada en los Libros para Nacimientos llevados por la Unidad de Registro Civil correspondiente a la Parroquia La Guaira en fecha 08/06/1973. Folio 29 y su vuelto.
Los documentos antes relacionados, dadas sus condiciones son de carácter público conforme a lo previsto en el Artículo 1357 del Código Civil, por lo que prestan para esta instancia todo el valor probatorio que de su contenido se desprende, evidenciándose del Acta de Defunción que cursa al folio 07, el fallecimiento del causante NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIN, del Acta de Matrimonio inserta al folio 09, la filiación con su legítima cónyuge para el momento del fallecimiento, ciudadana GLADYS MARIA LAYA DE D´WUENTT, y de las Actas de Nacimiento insertas a los folios 11, 13, 15,17, 19, 21, 23, 25, 27 y 29, se evidencia la filiación del causante con sus hijos: MARIELA KARINA D´WUWNTT LAYA, CARLOS RAMON D´WUENTT LAYA, VICTOR ALFONSO D´WUENTT LAYA, CLARA MARIA D´WUENTT DE MACHADO, XIOMARA D´WUENTT GONZALEZ, SONIA D´WUENTT GONZALEZ, OSWALDO JOSE D´WUENTT GONZALEZ, ORLANDO JOSE D´WUENTT GONZALEZ, MONICA TRINIDAD D´WUENTT DE TORRES, Y HAYDE DEL VALLE D´WUENTT SALAZAR, por lo que es evidente la vocación hereditaria que tienen los referidos ciudadanos, como herederos del ciudadano: NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIS (fallecido).
Igualmente, en la oportunidad fijada para ello, la solicitante presentó las testimoniales de los ciudadanos: JUAN BAUTISTA GONZALEZ Y MILAGROS NORELYS GONZALEZ DE PIÑERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 1.448.158 y V-4.557.6.888.017 respectivamente, quienes contestaron afirmativamente a su interrogatorio.
Estos testigos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en exageraciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio que se desprende sobre la existencia del vínculo y la filiación que unía a la solicitante con el causante.
Ahora bien, estudiado el caso cuestionado con las probanzas evacuadas, este Tribunal los considera suficientes para declarar la cualidad de Únicos y Universales Herederos que se acredita a los solicitantes, sobre el acervo hereditario del De-cujus, NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIS, y así se dictaminará en el decreto de esta decisión. Así se establece.
III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIELA KARINA D´WUENTT LAYA, antes identificada, quien actúa en su propio nombre, y en representación de su madre ciudadana GLADYS MARIA LAYA DE D´WUENTT, y de sus hermanos, ciudadanos: CARLOS RAMON D´WUENTT LAYA, VICTOR ALFONSO D´WUENTT LAYA, CLARA MARIA D´WUENTT DE MACHADO, XIOMARA D´WUENTT GONZALEZ, SONIA D´WUENTT GONZALEZ, OSWALDO JOSE D´WUENTT GONZALEZ, ORLANDO JOSE D´WUENTT GONZALEZ, MONICA TRINIDAD D´WUENTT DE TORRES, Y HAYDE DEL VALLE D´WUENTT SALAZAR, todos identificados plenamente con anterioridad, estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los referidos ciudadanos, la cualidad de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: NICOLAS CLEMENTE D´WUENTT BERBIS, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del nombrado ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al Principio Constitucional de Tutela Judicial Efectiva contenido en el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejando a salvo los derechos de terceros".
Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría, para el archivo del Tribunal. Asimismo, expídanse por secretaria las copias certificadas requeridas en el escrito de solicitud. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. En Maiquetía, a los siete (07) días del mes de Julio de dos mil once (2.011).
LA JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,


Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ
MARYSABEL ROJAS


En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 1:00 p.m., y se devolvió constante de treinta y nueve (39) folios útiles.
LA SECRETARIA ACC.,


MARYSABEL ROJAS




Solicitud N° 3375/11.
SRP/MR/wg.