REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 200° y 151°
ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2010-000626
PARTE ACTORA: ROBERT ENRIQUE MEDINA BLANCO, identificado con la cédula Nro.10.919.709.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ALI CAÑIZALES DAVILA Y ANGIE CAÑIZALES, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 13.015 y 140.677
PARTE DEMANDADA: UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TACHIRA UNET.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ISAAC VILLAMIZAR ROMERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.24.809, GISELA PINEDA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.23.774 y JESUS ARMANDO COLMENARES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.74.418
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, (29) de julio de 2011, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se hizo presente por la parte actora, el ciudadano ROBERT ENRIQUE MEDINA BLANCO, identificado con la cédula Nro.10.919.709, asistido por los abogados ALI CAÑIZALES DAVILA Y ANGIE CAÑIZALES, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 13.075 y 140.677, por la parte demandada se hizo presente el apoderado judicial JESUS ARMANDO COLMENARES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.74.418, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos, expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma única de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.75.000,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.72170746 de la cuenta corriente Nro.01050063011063274028 contra el Banco Mercantil, para formular tal propuesta consigna en un folio útil la respectiva aprobación del Consejo Universitario. Por su lado la parte demandada acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, Parte Demandada,
El Secretario,
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