REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 28 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2006-000086
ASUNTO : 2E-2445-11


Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano ROMERO VILLARROEL DANY JOSE, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agente de Carga, residenciado en Sector Quebrada Seca, casa sin numero, el Rincón, parte alta por la subida del cerro Santa Ana, estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° 15.544.927, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (hoy derogada).

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 1 al 77 de la novena pieza, sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 18 de junio de 2010, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano ROMERO VILLARROEL DANY JOSE, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado y la cual fue confirmada por la Corte de Apelaciones de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 29/04/2011.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano ROMERO VILLARROEL DANY JOSE de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agente de Carga, residenciado en Sector Quebrada Seca, casa sin numero, el Rincón, parte alta por la subida del cerro Santa Ana, estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° 15.544.927, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 18/06/2010, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (hoy derogada) y la cual fue confirmada por la Corte de Apelaciones de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 29/04/2011.

Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano ROMERO VILLARROEL DANY JOSE.
LA JUEZ SUPLENTE DE EJECUCION,


DRA. KARIN MENDEZ MUJICA

LA SECRETARIA,


ABG.Y OLDENIS ZAMORA.