REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 20 de Junio de 2011
201° y 152°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JOSE OLIVA MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-1.720.387, asistido por la abogada GLADYMAR RIOS VERHELTS, inscrita bajo el inpreabogado No. 153.440, y el croquis de las bienhechurías anexo al mismo, este Tribunal la admite. En consecuencia, se ordena librar oficio a la Dirección de Catastro Municipal del Estado Vargas, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal a la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir el Título Supletorio, pertenece al Municipio Vargas y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento. En caso de pertenecer el terreno al Municipio, certifique la existencia de la bienhechuría, superficie ocupada, linderos, uso y demás características relacionada con la misma, y expida la autorización correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional, para lo cual deberá remitir dicha información a este Juzgado.
LA JUEZ,
NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA,
ELIA GONZALEZ.
En la misma fecha se libro oficio No. 343-11.
LA SECRETARIA,
ELIA GONZALEZ.
NCBP/EG/Neulys.
Solicitud Nº 2973-11
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 20 de Junio de 2011.
201° y 152°
OFICIO No. 343-11
Ciudadana:
MAIKELY CONDE GARCIA.
DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL
DEL ESTADO VARGAS.
Su Despacho.
Tengo a bien remitir a usted, copia certificada de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, signada con el N° S-2973-11, presentada por el ciudadano JOSE OLIVA MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-1.720.387, asistido por la abogada GLADYMAR RIOS VERHELTS, inscrita bajo el inpreabogado No. 153.440, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal con la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir Titulo Supletorio, pertenece al Municipio Vargas y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento. En caso de pertenecer el terreno al Municipio, certifique la existencia de la bienhechurìas, superficie ocupada, linderos, uso y demás características relacionadas con la misma, y expida la autorización correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional, para lo cual deberá remitir dicha información a este Juzgado.
Remisión que hago a usted, a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ
NAHIROBY BOSCAN PEREZ
NCBP/EG/Neulys.
S No. 2973-11
anexo: lo indicado
“Construyendo un Estado Democrático y Social de Derecho y Justicia “