REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, treinta (30) de junio de dos mil once (2011).
201° y 152°
ASUNTO PRINCIPAL: WP11-L-2010-000300.

Vistos los escritos de pruebas y demás elementos probatorios consignados por ambas partes, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se pronuncia acerca de la admisibilidad de las mismas en los siguientes términos:
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDANTE:
Con relación al escrito presentado por la profesional del derecho, Sarahevelli Mendoza Azzato, inscrita en el IPSA bajo el Nº 45.642, de este domicilio, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Orlando Sosa, Hernán Velásquez, Aníbal Duran, Juan Salazar, Rimil Salazar, Marlo Cortesía, Juan Carlos Fajardo, Gilbert Castro, Jonathan Brito, José Vargas, Antonio Centeno, Raúl Núñez, José Colon, José Peña, Jonathan Farias, Carlos Padilla, promovió y consignó los siguientes medios probatorios:
CAPÍTULO I
Pruebas Documentales

1.- Promovió y consignó marcado con el número “1”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Orlando Sosa, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento siete (107) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y consignó marcado con el número “2”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Hernán Velásquez, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento ocho (108) de la segunda pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y consignó marcado con el número “3”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Aníbal Duran, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento nueve (109) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y consignó marcado con el número “4”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Juan Carlos Salazar, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento diez (110) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y consignó marcado con el número “5”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Rimil Salazar, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento once (111) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y consignó marcado con el número “6”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Marlo Cortesía, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento doce (112) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y consignó marcado con el número “7”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Juan Carlo Fajardo, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento trece (113) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
8.- Promovió y consignó marcado con el número “8”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Gilbert Castro, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento catorce (114) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
9.- Promovió y consignó marcado con el número “9”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Jonathan Brito, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento quince (115) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
10.- Promovió y consignó marcado con el número “10”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Antonio Centeno, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento dieciséis (116) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
11.- Promovió y consignó marcado con el número “11”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Raúl Núñez, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento diecisiete (117) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
12.- Promovió y consignó marcado con el número “12”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano José Colon, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento dieciocho (118) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
13.- Promovió y consignó marcado con el número “13”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Jonathan Farías, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento diecinueve (119) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
14.- Promovió y consignó marcado con el número “14”, prueba documental contentiva de recibo de pago de liquidación de prestaciones sociales, correspondiente al Ciudadano Carlos Padilla, constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento veinte (120) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
15. Promovió y consignó marcado con el número “15”, prueba documental contentiva de comunicación de fecha 1º de octubre de 2008, dirigida al ciudadano Franklin Da Silva constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento veintiuno (121) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
16. Promovió y consignó marcado con el número “16”, prueba documental contentiva de comunicación de fecha 1º de octubre de 2008, dirigida al ciudadano Luis Martínez constante de un (01) folio útil, cursante en el expediente al folio ciento veintidós (122) de la primera pieza, Este Tribunal admite la documental promovida en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva.
CAPÍTULO II
Prueba De Exhibición:
En el capítulo “II” del escrito de promoción de pruebas la parte actora solicitó la prueba de exhibición documental conforme a lo previsto en el artículo 82 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo a los fines de que exhiba:
1.-) Originales de todos los Recibos de Pago de Salario Quincenal de cada uno de los trabajadores durante el tiempo en que se mantuvo la relación de trabajo.
2.-) Originales de todos los recibos de pago de bono que cancelaba la empresa por productividad, entregados a cada uno de los trabajadores.
3.-) Originales de todos los recibos de pago de vacaciones de cada uno de los reclamantes durante el tiempo que se mantuvo la relación de trabajo.
4.-) Originales de todos los recibos de pago de utilidades de cada uno de los hoy reclamantes.-
5.-) El Registro y control de entrada y salida de los trabajadores.-
6.-) Registro de horas extras, autorizado por el Ministerio del Trabajo.-
7.-) Registro de Horas extras, Días Domingos y Feriados Trabajados, autorizado por el Ministerio del Trabajo.-
Este Tribunal la admite la solicitud de la prueba de exhibición de los documentales solicitados por la parte actora en los puntos “1 al 7” del Capítulo segundo, en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la Sentencia Definitiva, así mismo se insta y queda en carga de la parte demandada, la exhibición de las mismas en la audiencia de juicio que llevara a cabo este Juzgado.
Igualmente en el respectivo capitulo solicitó la exhibición de lo siguiente
8.-) Originales de los libros contables, libro diario, libro mayor y el de inventarios correspondiente a los años 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, y 2009.-
Respecto a la exhibición solicitada por la parte demandante, en el punto “8” del capítulo segundo del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte demandante, este Tribunal inadmite la prueba de exhibición por cuanto la misma constituye una violación a las disposiciones contenidas en los artículos 40 y 41 del Código de Comercio que establece lo siguiente:
“Artículo 40.- No se podrá hacer pesquisa de oficio por Tribunal ni autoridad alguna, para inquirir si los comerciantes llevan o no libros, o si éstos están o no arreglados a las prescripciones de este Código.
Artículo 41.- Tampoco podrá acordarse de oficio ni a instancia de parte, la manifestación y examen general de los libros de comercio, sino en los casos de sucesión universal, comunidad de bienes, liquidación de sociedades legales o convencionales y quiebra o atraso.”
Ahora bien conforme a lo anteriormente expuesto, considera este Tribunal que la prueba de exhibición promovida por la parte actora, resulta inadmisible por ilegal, al existir una disposición legal que establece una prohibición de examen general sobre los libros de comercio. Así se decide.-
Capítulo III
Prueba de Informes:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte demandante solicitó prueba de informe al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de verificar si consta en sus archivos y/o registros:
Las planillas de declaración de impuesto sobre la renta de la sociedad mercantil Almacenadora Andrómeda, C.A., de los ejercicios fiscales de los años 2004 al 2009, ambos inclusive.
Este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y ordena oficiar a la institución antes señalada a los fines de que informe a este Tribunal, dentro del lapso de diez (10) días hábiles siguientes de haber recibido la presente solicitud sobre los particulares anteriormente señalados y en caso de ser afirmativa la repuesta, remitir copia certificada de la información, conforme a lo indicado en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDADA:
Con relación al escrito presentado por los abogados Wladimir Ortega y Andrés Núñez, inscritos en el IPSA bajo los Nº 29.706 y 123.815, de este domicilio, en su carácter de apoderados judiciales de la parte accionada Sociedad Mercantil Almacenadora Andrómeda C.A., tenemos que:
TITULO I
Pruebas relativas al ciudadano Orlando Sosa
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios ciento cincuenta y ocho (158) al ciento sesenta y uno (161) de la primera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de dos (02) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios ciento sesenta y tres (163) al ciento sesenta y cinco (165) de la primera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de nueve (09) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios ciento sesenta y siete (167) al ciento setenta y cinco (175) de la primera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de sesenta y nueve (69) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios ciento setenta y siete (177) al doscientos cuarenta y cuatro (244) de la primera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios tres (03) al diecisiete (17) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los diecinueve (19) al veinticuatro (24) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de dieciséis (16) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios veintiséis (26) al cuarenta y uno (41) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO II
Pruebas relativas al ciudadano Hernán Velásquez
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de siete (07) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios cuarenta y cuatro (44) al cincuenta (50) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de cinco (05) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y dos (52) al ciento cincuenta y seis (56) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de doce (12) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y ocho (58) al sesenta y nueve (69) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de sesenta y ocho (68) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios setenta y uno (71) al ciento treinta y ocho (138) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios ciento cuarenta (140) al ciento cincuenta y cuatro (154) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los diecinueve (19) al veinticuatro (24) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de doce (12) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios ciento sesenta y tres (163) al ciento setenta y cuatro (174) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO III
Pruebas relativas al ciudadano Aníbal Duran
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios ciento setenta y siete (177) al ciento setenta y ocho (178) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de cinco (05) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios ciento ochenta (180) al ciento ochenta y cuatro (184) de la primera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de catorce (14) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios ciento ochenta y seis (186) al ciento noventa y nueve (199) de la primera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de sesenta y siete (67) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios doscientos uno (201) al doscientos cincuenta y cuatro (254) de la segunda pieza y del folio dos (02) al quince (15) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios diecisiete (17) al treinta y uno (31) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los treinta y tres (33) al treinta y ocho (38) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de diez (10) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios cuarenta (40) al cincuenta (50) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO IV
Pruebas relativas al ciudadano Juan Carlos Salazar
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y dos (52) al cincuenta y tres (53) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de dos (02) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y cinco (55) al cincuenta y seis (56) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de cinco (05) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y ocho (58) al setenta y dos (62) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de cincuenta y cuatro (54) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios sesenta y cuatro (64) al ciento veintidós (122) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios ciento veinticuatro (124) al ciento treinta y ocho (138) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios ciento cuarenta (140) al ciento cuarenta y cinco (145) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de diecisiete (17) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios ciento cuarenta y siete (147) al ciento sesenta y tres (136) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.

TITULO V
Pruebas relativas al ciudadano Rimil Salazar
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios ciento sesenta y seis (166) al ciento sesenta y siete (167) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de cuatro (04) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios ciento setenta (170) al ciento setenta y dos (172) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de trece (13) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios ciento setenta y ocho (178) al ciento ochenta y seis (186) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de cincuenta y nueve (59) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios ciento ochenta y ocho (188) al doscientos cuarenta y seis (246) de la tercera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios dos (02) al dieciséis (16) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los dieciocho (19) al veintitrés (23) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de catorce (14) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios veinticinco (25) al treinta y ocho (38) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO VI
Pruebas relativas al ciudadano Marlo Cortesía
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios cuarenta y uno (41) al cuarenta y dos (42) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de cuatro (04) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios cuarenta y cuatro (44) al cuarenta y siete (47) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de seis (06) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios cuarenta y nueve (49) al cincuenta y cuatro (54) de la primera pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de cincuenta y seis (56) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y seis (56) al ciento once (111) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios ciento trece (113) al ciento veintisiete (127) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los ciento veintinueve (129) al ciento treinta y cuatro (134) de la cuarto pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de catorce (14) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios ciento treinta y seis (136) al ciento cuarenta y nueve (149) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO VII
Pruebas relativas al ciudadano Juan Carlos Fajardo
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios ciento cincuenta y dos (152) al ciento cincuenta y tres (161) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de dos (02) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios ciento cincuenta y cinco (155) al ciento cincuenta y seis (156) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de cinco (05) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios ciento cincuenta y ocho (158) al ciento sesenta y dos (162) de la cuarta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de cincuenta y cuatro (54) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios ciento sesenta y cuatro (164) al ciento noventa y nueve (199) de la cuarta pieza y del folio dos (02) al diecinueve (19) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios veintiuno (21) al treinta y cinco (35) de la segunda pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los treinta y siete (37) al cuarenta y dos (42) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de ocho (08) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios cuarenta y cuatro (44) al cincuenta y uno (51) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO VIII
Pruebas relativas al ciudadano Gilbert Castro
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y cuatro (54) al cincuenta y cinco (55) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de dos (02) folios útiles, original de los recibos de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y siete (57) al cincuenta y ocho (58) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de un (01) folio útil, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente al folio sesenta (60) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de cincuenta y un (51) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios sesenta y dos (62) al ciento doce (112) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios ciento catorce (114) al ciento veintiocho (128) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los ciento treinta (130) al ciento treinta y cinco (135) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de tres (03) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios ciento treinta y siete (137) al ciento treinta y nueve (139) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO IX
Pruebas relativas al ciudadano Jonathan Brito
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios ciento cuarenta y dos (142) al ciento cuarenta y tres (143) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de un (01) folio útil, original del recibo de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios ciento cuarenta y cinco (145) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de ocho (08) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios ciento cuarenta y siete (147) al ciento cincuenta y cuatro (154) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de treinta y cinco (35) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios ciento cincuenta y seis (156) al ciento noventa (190) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios ciento noventa y dos (192) al doscientos seis (206) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios doscientos ocho (208) al doscientos trece (213) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de dos (02) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios doscientos quince (215) al doscientos dieciséis (216) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO X
Pruebas relativas al ciudadano José Vargas
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de cuatro (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios doscientos diecinueve (219) al doscientos veintidós (222) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de un (01) folio útil, original del recibo de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente al folio doscientos veinticuatro (224) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de ocho (08) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios doscientos veintiséis (226) al doscientos treinta y tres (233) de la quinta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de treinta y un (31) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios doscientos treinta y cinco (235) al doscientos cuarenta y nueve (249) de la quinta pieza y del folio dos (02) al diecisiete (17) de la Sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios diecinueve (19) al treinta y tres (33) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios treinta y cinco (35) al cuarenta (40) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de dos (02) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios cuarenta y dos (42) al cuarenta y tres (43) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO XI
Pruebas relativas al ciudadano Antonio Centeno
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de cuatro (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios cuarenta y cuatro (44) al cuarenta y siete (47) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de un (01) folio útil, original del recibo de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente al folio cuarenta y nueve (49) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de siete (07) folios útiles, original de los recibos de cancelación de los distintos disfrutes de vacaciones, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y uno (51) al cincuenta y siete (57) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de treinta (30) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y nueve (59) al ochenta y ocho (88) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado por ante la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, cursantes en el expediente a los folios noventa (90) al ciento cuatro (104) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios ciento seis (106) al ciento once (111) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
7.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “G”, constante de dos (02) folios útiles, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente a los folios ciento trece (113) al ciento catorce (114) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO XII
Pruebas relativas al ciudadano Raúl Núñez
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de tres (03) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios ciento diecisiete (117) al ciento diecinueve (119) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de dos (02) folios útiles, original del recibo de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios ciento veintiuno (121) al ciento veintidós (122) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de veintitrés (23) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios ciento veinticuatro (124) al ciento cuarenta y seis (146) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios ciento cuarenta y ocho (148) al ciento sesenta y dos (162) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios ciento sesenta y cuatro (164) al ciento sesenta y nueve (169) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
6.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de un (01) folio útil, constancia de los depósitos enviados al Banco Banesco, cursantes en el expediente al folio ciento setenta y uno (171) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO XIII
Pruebas relativas al ciudadano José Colon
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios ciento setenta y cinco (175) al ciento setenta y seis (143) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de dos (02) folios útiles, original del recibo de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente a los folios ciento setenta y ocho (178) al ciento setenta y nueve (179) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de veintiún (21) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios ciento ochenta y uno (181) al doscientos uno (201) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios doscientos tres (203) al doscientos diecisiete (217) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “F”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios doscientos diecinueve (219) al doscientos veinticuatro (224) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO XIV
Pruebas relativas al ciudadano José Peña
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios doscientos veintisiete (227) al doscientos veintiocho (228) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de diecisiete (17) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios doscientos treinta (230) al doscientos cuarenta y seis (246) de la sexta pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios tres (03) al ocho (08) de la septima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios diez (10) al veintiuno (21) de la septima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO XV
Pruebas relativas al ciudadano Jonathan Farías
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios veintisiete (27) al veintiocho (28) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de dos (02) folios útiles, original del recibo de cancelación de utilidades, cursantes en el expediente al folios treinta (30) al treinta y uno (31) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
3.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “C”, constante de diecisiete (17) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios treinta y tres (33) al cuarenta y cuarenta (49) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de quince (15) folios útiles, acuerdo colectivo debidamente homologado, cursantes en el expediente a los folios cincuenta y uno (51) al sesenta y cinco (65) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
5.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “E”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios sesenta y siete (67) al setenta y dos (72) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
TITULO XVI
Pruebas relativas al ciudadano Carlos Padilla
1.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “A”, constante de dos (02) folios útiles, original de liquidación de prestaciones sociales, cursantes en el expediente a los folios setenta y cinco (75) al setenta y seis (76) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
2.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “B”, constante de siete (07) folios útiles, original de recibos de pago de salario, cursantes en el expediente a los folios setenta y ocho (78) al ochenta y cuatro (84) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
4.- Promovió y Consignó marcado con la Letra “D”, constante de seis (06) folios útiles, acta de recepción de los espacios ocupados y Gaceta Oficial Nº 39.231 de fecha 30 de julio de 2009, cursantes en el expediente a los folios ciento dos (102) al ciento siete (107) de la séptima pieza, Este Tribunal admite las documentales promovidas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.
Capítulo XVII
“prueba de informe”
1.-) La representación judicial de la parte demandada, promovió en el escrito de promoción de pruebas, De conformidad con lo previsto en el artículo 81 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prueba de informes dirigido a la Inspectoría del Trabajo del Estado Vargas, a los fines de que informe sí en sus archivos cursan los siguientes datos y registros, que se indican a continuación:
a.- si existe alguna reclamación por despido masivo o reenganche o pago de salarios caídos interpuesto por los ciudadanos Orlando Sosa, Hernán Velásquez, Aníbal Duran, Juan Salazar, Rimil Salazar, Marlo Cortesía, Juan Carlos Fajardo, Gilbert Castro, Jonathan Brito, José Vargas, Antonio Centeno, Raúl Núñez, José Colon, José Peña, Jonathan Farias, Carlos Padilla, contra la empresa ALMACENADORA ANDROMEDA, C.A.
Este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y ordena oficiar a la institución antes señalada a los fines de que informe a este Tribunal, dentro del lapso de diez (10) días hábiles siguientes de haber recibido la presente solicitud sobre los particulares anteriormente señalados y en caso de ser afirmativa la repuesta, remitir copia certificada de la información, conforme a lo indicado en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrense los oficios respectivos.-
2.-) La representación judicial de la parte demandada, promovió en el escrito de promoción de pruebas, De conformidad con lo previsto en el artículo 81 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prueba de informes dirigido al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a los fines de que informe sí en sus archivos cursan los siguientes datos y registros, que se indican a continuación:
a.- si los ciudadanos Orlando Sosa, Hernán Velásquez, Aníbal Duran, Juan Salazar, Rimil Salazar, Marlo Cortesía, Juan Carlos Fajardo, Gilbert Castro, Jonathan Brito, José Vargas, Antonio Centeno, Raúl Núñez, José Colon, José Peña, Jonathan Farias, Carlos Padilla, han solicitado las prestaciones dinerarias previstas en el régimen prestacional de empleo ante la ocurrencia de una presunta perdida involuntaria de su puesto de trabajo con la empresa ALMACENADORA ANDROMEDA, C.A., y por cuenta de quien están inscritos en esa Institución.
Este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y ordena oficiar a la institución antes señalada a los fines de que informe a este Tribunal, dentro del lapso de diez (10) días hábiles siguientes de haber recibido la presente solicitud sobre los particulares anteriormente señalados y en caso de ser afirmativa la repuesta, remitir copia certificada de la información, conforme a lo indicado en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrense los oficios respectivos.-
3.-) La representación judicial de la parte demandada, promovió en el escrito de promoción de pruebas, De conformidad con lo previsto en el artículo 81 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prueba de informes dirigido a la sociedad mercantil “Bolivariana de Puertos, C.A. (BOLIPUERTOS), a los fines de que informe sí en sus archivos cursan los siguientes datos y registros, que se indican a continuación:
a.- si los ciudadanos Orlando Sosa, Hernán Velásquez, Aníbal Duran, Juan Salazar, Rimil Salazar, Marlo Cortesía, Juan Carlos Fajardo, Gilbert Castro, Jonathan Brito, José Vargas, Antonio Centeno, Raúl Núñez, José Colon, José Peña, Jonathan Farias, Carlos Padilla laboran para dicha empresa y desde que fecha.
Este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y ordena oficiar a la institución antes señalada a los fines de que informe a este Tribunal, dentro del lapso de diez (10) días hábiles siguientes de haber recibido la presente solicitud sobre los particulares anteriormente señalados y en caso de ser afirmativa la repuesta, remitir copia certificada de la información, conforme a lo indicado en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrense los oficios respectivos.-
4.-) La representación judicial de la parte demandada, promovió en el escrito de promoción de pruebas, De conformidad con lo previsto en el artículo 81 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prueba de informes dirigido a la Institución Financiera BANESCO, Banco Universal, C.A., a los fines de que informe sí en sus archivos cursan los siguientes datos:
a.- todos los depósitos efectuados mes a mes a los ciudadanos Orlando Sosa, Hernán Velásquez, Aníbal Duran, Juan Salazar, Rimil Salazar, Marlo Cortesía, Juan Carlos Fajardo, Gilbert Castro, Jonathan Brito, José Vargas, Antonio Centeno, Raúl Núñez, José Colon, José Peña, Jonathan Farias, Carlos Padilla, la totalidad depositada, los movimientos e intereses que generaron estos depósitos.- excepción
Este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y ordena oficiar a la institución antes señalada a los fines de que informe a este Tribunal, dentro del lapso de diez (10) días hábiles siguientes de haber recibido la presente solicitud sobre los particulares anteriormente señalados y en caso de ser afirmativa la repuesta, remitir copia certificada de la información, conforme a lo indicado en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrense los oficios respectivos.-
EL JUEZ.
Dr. ABELARDO DE JESÚS VAHLIS.
LA SECRETARIA
Abg. VIANNERYS VARGAS.
Exp. Nº WP11-L-2010-000300
ADV/RRA.-