REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 30 de junio de 2011
201º Y 152º
ASUNTO: WP11-L-2011-000176
PARTE ACCIONANTE: NORMA YUDITH CARDENAS MARÍN, titular de la cédula de identidad número 5.573.162
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: ELIO MUSTIOLA, IPSA Nº: 46.776
PARTE DEMANDADA: PARADOR TURISTICO Y POSADA IL PREZZANO II
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: PAQUITO JESUS TORRES CARDENAS, titular de la cédula de identidad No. 3.884.439. Según consta de poder especial que acredita su representación cuya copia se agrega al expediente.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: WLADIMIR ORTEGA, IPSA Nº: 29.706
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 30 de junio de 2011, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma los ciudadanos: ELIO MUSTIOLA, PAQUITO JESUS TORRES CARDENAS y WLADIMIR ORTEGA, ya identificados. Celebrada la Audiencia, las partes han conciliado llegando a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: La parte demandada conviene en cancelar al demandante, la suma de BOLIVARES CUATRO MIL SIN CENTIMOS (Bs.4000,00). SEGUNDO: Dicho monto es cancelado en este mismo acto a través de cheque No. 43042643 de la cuenta corriente No. 0134-0797-51-7971000222 de PARADOR TURIST. POSADA IL PREZZANO, en la agencia Aeropuerto Maiquetía del Banco Banesco, emitido a nombre de NORMA CARDENAS, y que proviene de los conceptos y montos que han sido activamente revisados por las partes en la audiencia, y que proceden de conformidad con el contrato de trabajo a tiempo determinado de seis (6) meses, efectuado entre la demandante y la empresa demandada, según se relaciona:

Tiempo total de servicio: 4 meses 20 días
Motivo del Término de la Relación de Trabajo: despido injustificado.
Contrato a tiempo determinado: 6 meses
Salario Básico: Bs.46,91
BASE DE CÁLCULO SALARIO INTEGRAL:
15 DIAS DE UTILIDADES; 7 DIAS DE BONO VACACIONAL y 15 VACACIONES


CONCEPTOS DIAS SALARIO BOLIVARES
PRESTACION DE ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT 20,00 49,78 847,43
VACACIONES fraccionados 5,00 49,78 248,90
BONO VACACIONAL fraccionados 2,33 49,78 115,99
UTILIDADES fraccionadas 5,00 49,78 248,90
INDEMNIZACIÓN DE ART 110 LOT 51,00 49,78 2.538,78
4.000,00

TERCERO: La parte demandante manifiesta estar satisfecha con el presente acuerdo, y reconoce y acepta los salarios utilizados para calcular cada concepto; además declara no tener más que reclamar por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que le unió con la empresa PARADOR TURISTICO Y POSADA IL PREZZANO II, asimismo desiste de cualquier procedimiento judicial o administrativo que haya instaurado en ocasión a dicha relación de trabajo, y especialmente el que consta en el expediente No. 036-2011-03-00455 de la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas. CUARTO: Finalmente, ambas partes solicitaron a la Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja expresa constancia, que las pruebas presentadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas.
LA JUEZ,


REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,

ELIO MUSTIOLA


PAQUITO JESUS TORRES CARDENAS


WLADIMIR ORTEGA

EL SECRETARIO,


YSAAC RODRIGUEZ