REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
200° Y 152°

En fecha 21/03/2010, este Tribunal Superior publicó sentencia de suspensión de los efectos en el expediente con nomenclatura Nro 2266, contentivo del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por de la Sociedad Mercantil “CEMENTERIO PARQUE METROPOLITANO JARDINES EL REMANSO DE LOS ANGELES, C.A.”, en contra del INCES, sin embargo, de la revisión oficiosa del expediente se pudo constatar que por error involuntario se le coloco notificar al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, tal y como se infiere de la lectura de la sentencia folio 109, por tal razón este Tribunal, de conformidad con las potestades que le confiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, por ser el Juez el director del proceso hasta cuando llegue a su conclusión, en atención al artículo 206 ejusdem, y con fundamento en los autos de corrección emitidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 14/10/2003 y 06/12/2004, procede a la corrección del error material que se apuntó por ser de naturaleza formal. Así se decide.
DECISIÓN
En los términos antes expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región los Andes, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, CORRIGE el error material en que se incurrió en el fallo del 21 de Marzo de 2011, en cuanto al señalamiento de la notificación al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, siendo lo correcto Notifíquese al Presidente del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica de La Administración Pública.
Téngase la presente corrección como parte integrante de la sentencia de este Tribunal cuyo Número es 102-2011, en el expediente N° 2266, de fecha 21/03/2011.
Notifíquese por correo certificado, agregando su respectivo acuse de recibo, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, al Presidente del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica de La Administración Pública. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los veintiocho (28) días del mes de Marzo del año Dos Mil Once (2011). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.


ANA BEATRIZ CALDERON SANCHEZ
JUEZ TITULAR


ANA MARIA ROA SIERRA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL



















Exp. 2266
ABCS/YJMZ