JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, dieciséis (16) de marzo de 2011.
AÑOS: 200° y 152°
Vista la transacción celebrada en fecha 23 de febrero de 2011, por ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, agregada a los autos en fecha 14/03/2011, entre la representación judicial de la parte demandante, abogado JAVIER ALFONSO PALACIOS USECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.211.646 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.939, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil “INVERMONEY C.A.”, de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, bajo el N° 35, tomo 9-A, en fecha 25/08/2004, con posteriores modificaciones, y con RIF N° J-31195316-7, y el ciudadano DUSTIN ADAN JACOB MARIÑO VELASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.785.456, y de este domicilio, en su condición de parte demandada, asistido por el abogado en ejercicio CARLOS MARTÍNEZ CASANOVA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.360; por cuando se advierte que la misma no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal. Así mismo se acuerda expedir dos copias certificadas del escrito de transacción y la presente homologación para hacer entrega a las partes. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal. Asimismo, por cuanto se advierte que la presente comisión, remitió Cheque de Gerencia N° 22005066, DEL BANCO DEL SUR, BANCO UNIVERSAL, de fecha 23 de febrero de 2011, a nombre de este Juzgado, por la suma de TRECE MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 13.817,00), este Juzgado ordena el depósito del referido cheque, en el Banco Bicentenario, Banco Universal, C.A, a objeto de que sea aperturada la correspondiente Cuenta de Ahorros que tendrá como Beneficiario a la parte demandante, sociedad mercantil “INVERMONEY C.A.”, de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, bajo el N° 35, tomo 9-A, en fecha 25/08/2004, con posteriores modificaciones, y con RIF N° J-31195316-7, representada por su presidenta, ciudadana MÓNICA SUSANA NARCISO AMARIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.337.133. Líbrese oficio. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL
ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 2.258; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libró oficio N° 3190-282, al Banco Bicentenario, Banco Universal C.A., en cumplimiento al auto anterior.
ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
Frank V.
Expediente N° 12.978-11
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