JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 25 de marzo de 2.011.
200° y 152º
Vista la Conciliación celebrada ante este Despacho Judicial, en fecha de hoy 25 de marzo de 2.011, en la presente solicitud signada con el No.25-11 por Fijación de Obligación de Manutención, entre los ciudadanos YOLIMAR FUENTES DELGADO y JULIO CESAR SANDOVAL MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-13.366.296 y V-8.990.463, respectivamente, donde la primera actúa en nombre y representación de sus hijos (se omite el nombre por disposición de Ley) el Tribunal se pronuncia en los siguientes términos:
Por cuanto de la revisión de las actas procesales, así como de la Conciliación celebrada, se desprende que esta no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; es por lo cual este Tribunal de Municipio, le imparte la HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal. Notifíquese al Ministerio Público. Líbrese boleta. Ofíciese lo conducente al Banco Bicentenario, sucursal San Antonio del Táchira, para la apertura de la cuenta de ahorros. Cúmplase.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
El Secretario Temporal.
Jhony Alexander Colmenares Sánchez.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se libró oficio bajo el No.3130-
Sol.25-11
PAGP/jacs