REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 11 de Marzo de 2011
Años: 200º y 152º

Vista la solicitud de Únicos Universales Herederos, presentada por las ciudadanas: ELY ZOMAIRA CADIZ MARTINEZ y LILA BRICEIDA CADIZ MARTINEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula identidad Nº V-6.493.713 y V-6.493.004, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos: VALENTINA MARTINEZ DE CADIZ, NEYDA TAMARA CADIZ DE ORAMA y MARCO JOSE CADIZ MARTINEZ, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.576.863, V-5.573.943 y V-12.459.269, respectivamente, debidamente asistidas por la abogada LILA FERRER GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.818, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en Derecho. En consecuencia, se acuerda examinar como testigos a dos (02) personas, que oportunamente presente la solicitante a tenor de los particulares contenidos en el escrito que encabeza las presentes actuaciones, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil y con sus resultas el Tribunal proveerá lo conducente.-
LA JUEZ

NAHIROBY BOSCAN PEREZ
LA SECRETARIA

ELIA GONZALEZ

NCBP/Eg/David
Solicitud N° 2825-11