REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, dieciséis (16) de marzo del año dos mil once (2011)
200° y 152°
ASUNTO: WP11-L-2011-000091
Visto el anterior libelo de demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, intentada por el Ciudadano DAVID VILLAMIZAR, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante Cartel de Notificación, a la empresa demandada ALAS DE VENEZUELA AEROPOSTAL, C.A., en la persona del Ciudadano DOUGLAS VÁSQUEZ ORELLANA en su carácter de Presidente Ejecutivo y Presidente de la Junta Directiva. a fin de que comparezca ante este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, asistido de abogado o representado por medio de apoderado, con las facultades expresas para: convenir, desistir, transigir, comprometer en árbitros, solicitar la decisión según la equidad y disponer del derecho en litigio, a las diez DE LA MAÑANA (10:00) a.m., del DÉCIMO (10°) DÍA HÁBIL (de despacho) siguiente, al de la constancia (certificación) que ponga el Secretario en autos, de haberse cumplido con la Notificación; a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar (inicial). Asimismo, se ordena la Notificación mediante oficio, de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 95 y 96 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con lo preceptuado en los Artículos 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente, se le hace saber a las partes, que deberán consignar sus escritos de pruebas y medios probatorios probatorios, en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, a los fines de procurar la Mediación; para lo cual se insta para que acudan personalmente, acompañados de las personas que tengan conocimientos de los hechos. Compúlsense libelo de la demanda, junto con la orden de comparecencia y entréguese al Alguacil a los fines de que practique las notificaciones ordenadas. Líbrese Cartel de Notificación y Oficio, con copia certificada de todo lo conducente.-
EL JUEZ
Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA
Abg. GLORIMIR DÍAZ
AR/GD/deyvis