REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veinticinco (25) de mayo del año dos mil once (2011)
201° y 152°
ASUNTO No. WP11-L-2011-000114
Vista la diligencia de fecha veintitrés (23) de mayo del presente año, suscrita por el ciudadano JOSE RAMON OROZCO, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la profesional del derecho SARAHEVELI MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nº 45.642, mediante la cual desiste en este acto del procedimiento incoado en contra de la empresa Corporación PG., C.A.; en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándole efecto de Cosa Juzgada y declara terminado el proceso; así mismo ordena el cierre y el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica Trabajo. Cúmplase lo ordenado
LA JUEZ
Dra. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
EL SECRETARIO
Abg. WILLIAM SUAREZ
ISY/WS/greo
WP11-L-2011-000114
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