REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 12 de Mayo de 2011
201 y 152

Visto el oficio que antecede distinguido con el N° 11-107, en el cual se le participa a la Rectoría del Estado Vargas, que en vista de que quien suscribe no ha emitido opinión respecto al asunto debatido en los procesos allí mencionados, y además no existe ningún motivo de los contemplados en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil que impidan nuestro conocimiento de los mismos, me AVOCO al conocimiento de la presente causa. Asimismo, por cuanto se observa, que para dictar la respectiva decisión en el presente procedimiento, es necesario el nombramiento de un tercer (3er.) Juez asociado, conforme lo establecido en el artículo 838 del Código de Procedimiento Civil, se deja constancia que la presente causa se reanudará una vez que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia realice dicha designación.
LA JUEZA PROVISORIA

DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA

ABG. MARYSABEL BOCARANDA


MCMO/MB/lmm
Exp N° 1422