REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (27) de Mayo del año dos mil once (2011).-

201º y 152º

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano JUAN ANSELMO NATERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.562.929, debidamente asistido por el Abg. WOLGFANG MARTINEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 112.669, mediante la cual solicitó se le expida copia certificada mecanografiada del Expediente signado con el N° 0164-92, del Asiento N° 31, del Libro Diario, Tomo XVI, año 1991-1992, de fecha 25-02-1992, Folio cientos sesenta y seis (166), el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de la solicitud signada con el N° 0164-92, del Asiento N° 31, del Libro Diario, Tomo XVI, año 1991-1992, de fecha 25-02-1992, Folio cientos sesenta y seis (166), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL

CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7647-11



Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a la solicitud signada con el N° 0164-92, del Asiento N° 31, del Libro Diario, Tomo XVI, año 1991-1992, de fecha 25-02-1992, Folio cientos sesenta y seis (166), el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“Se instruyó Título Supletorio N° 0164-92, a favor de JUAN ANSELMO NATERA, sobre unas bienhechurías ubicadas en Terrenos Tarma, Parroquia Carayaca, Municipio Vargas, por un valor de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00), redactó LUISA DE MORENO, Inpre N° 34.185, fueron testigos EUCEBIO MENDEZ y FELICIA HERRERA, cédulas Nros. 1.447.697 y 3.891.329.” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los (27) días del mes de Mayo del año dos mil once (2011).-
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (27) de Mayo del año dos mil once (2011).-
201° y l52°

Resuelta la presente solicitud, constante de cinco (05) folios útiles, devuélvase a la solicitante. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL



CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7647-11