REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio.
201º y 152º
SOLICITANTE: CARMEN SOFIA SILVA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-14.975.319, domiciliada en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira.
ASISTENTE:LUCY ESPERANZA ROJAS OBANDO, abogada en ejercicio de su profesión, inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.34.385, domiciliada en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira.
MOTIVO:RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
SOLICITUD:37-2011
I
En fecha 17 de marzo de 2.011, es presentado ante este Tribunal de Municipio, escrito por el cual la ciudadana CARMEN SOFIA SILVA ROMERO, asistida por la profesional del derecho Lucy Esperanza Rojas Obando, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, número 1.232, de fecha 08 de septiembre de 1.982, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Antonio, Distrito Bolívar del estado Táchira, la cual anexa marcada con la letra “A”.
Indica la solicitante, que al momento de efectuarse el correspondiente asiento de su acta de nacimiento “…el funcionario competente al hacerlo, cometió un error involuntario al transcribir o anotar, que fui “…nacida en esta ciudad” “entendiéndose en tal forma que mi lugar de nacimiento fue en San Antonio, Estado Táchira. Ahora, en razón de que mi verdadero lugar de nacimiento es en San Cristóbal, Estado Táchira, ya que nací en el HOSPITAL CENTRAL de dicha ciudad, como se acredita o demuestra con la respectiva prueba, relativa a la Constancia o boleta de nacimiento, dicho error involuntario, ha ocasionado graves perjuicios en los diferentes actos públicos y privados que me atañen, ya que en el Servicio de Identificación SAIME se me ha requerido para rectificar ante la autoridad competente dicha incongruencia que afecta mi vida personal….” Que por lo expuesto es que acude ante este Juzgado a objeto de solicitar se ordene la Rectificación de su Partida de Nacimiento, tanto la que consta en la Oficina de Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, como en la Oficina de Registro Principal del estado Táchira “…en el sentido de que sea corregido el lugar de nacimiento “nacida en esta ciudad” por “nacida en San Cristóbal, Estado Táchira”. Fundamenta su pedimento, en el contenido del artículo 501 del Código Civil Venezolano. Anexó documentos escritos en 06 folios útiles.
Por auto de fecha 18 de marzo de 2.011 (fl.09-10) es admitida la solicitud, acordándose la notificación del Ministerio Público, así como la publicación de cartel en un diario de circulación nacional y se instó a la solicitante consignar en actas, copia certificada actualizada de la Constancia expedida por el Departamento de Registros y Estadísticas del Hospital Central de San Cristóbal. Se libró lo conducente.
Al vuelto del folio 13, riela diligencia por la cual el Alguacil de este Tribunal, en fecha 04 de abril de 2.011, consigna la boleta de notificación, debidamente firmada por la representación de la Fiscalía XIV del Ministerio Público.
Al folio 14, diligencia de fecha 14 de abril de 2.011, por la cual la ciudadana CARMEN SOFIA SILVA ROMERO, confiere Poder Apud Acta, a la abogada en ejercicio Lucy Esperanza Rojas Obando, ya suficientemente identificadas. Por auto de igual data, se le tiene a la indicada abogada, como apoderada de la ciudadana solicitante.
Mediante diligencia que riela al folio 16, de fecha 14 de abril de 2.011, la ciudadana CARMEN SOFIA SILVA ROMERO, asistida por la abogada Lucy Rojas Obando, consigna en las actas, ejemplar del cartel publicado en el Diario El Nacional, en fecha 07 de abril de 2.011; asimismo, consigna copia fotostática certificada del acta del Acta de Nacimiento No.1.232, expedida por la Oficina de Registro Principal del estado Táchira y de igual modo solicita a este Despacho Judicial, oficie lo correspondiente a fin de obtener la constancia actualizada expedida por el Departamento de Registros y Estadísticas de Salud, Hospital Central de la ciudad de San Cristóbal, estado Táchira.
Inserto a los folios 17-18, corre auto de fecha 14 de abril de 2.011, por el cual se acuerda agregar al expediente el cartel consignado y se ordena oficiar al Departamento de Registro y Estadísticas de Salud del Hospital Central de la ciudad de San Cristóbal, capital del estado Táchira, a fin de que remitan la constancia especificada. Se libró oficio No.3130-271 de fecha 14 de abril de 2.011.
Mediante escrito de fecha 06 de mayo de 2.011, la identificada abogada Lucy Esperanza Rojas Obando, en su carácter de apoderada Judicial de la ciudadana CARMEN SOFIA SILVA ROMERO, consigna constancia actualizada expedida por el Departamento de Registros y Estadísticas de Salud del Hospital Central de San Cristóbal, capital del estado Táchira, que fuera requerida por este Tribunal, mediante el oficio supra señalado.
II
Pruebas Aportadas por la Solicitante.
Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento No.1.232 de fecha 08 de septiembre de 1.982, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de CARMEN SOFIA SILVA ROMERO. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, en fecha 02 de noviembre de 2.010.
Fotocopia simple de la Constancia expedida por la representación del Departamento de Registros y Estadísticas de Salud, Dirección del Hospital Central de San Cristóbal, a nombre de ROMERO TORRES GRACIELA, de fecha 21 de agosto de 2.006.
Fotocopia simple de la Partida de Nacimiento No.1.232 de fecha 08 de septiembre de 1.982, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de CARMEN SOFIA SILVA ROMERO
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-14.975.319, República de Venezuela, a nombre de CARMEN SOFIA SILVA ROMERO.
Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento No.1.232 de fecha 08 de septiembre de 1.982, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de CARMEN SOFIA SILVA ROMERO. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Principal del estado Táchira, en fecha 18 de marzo de 2.011.
Original de Constancia, suscrita en fecha 02 de mayo de 2.011, por el Director General y la Jefe de Registros y Estadísticas de Salud del Hospital Central de San Cristóbal, capital del estado Táchira; donde se hace constar, que en fecha 03 de agosto de 1.982, ingresó al Servicio de Obstetricia de ese centro asistencial, la ciudadana ROMERO TORRES GRACIELA, Colombiana, de 25 años de edad, soltera, de oficios del hogar, a quien se le atendió parto el día 04 de agosto del mismo año 1.982, a las 2:05 a.m, con la obtención de recién nacido hembra, a quien identificó con el nombre de CARMEN SOFIA, según consta en la Historia Clínica No.299291.
En la solicitud que nos ocupa, este Jurisdicente, previa valoración del material probatorio que consta en las actas procesales, sobre la base del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil; aunado a la publicación y consignación del cartel ordenado, conforme a lo pautado en el artículo 770 eiusdem, sin que se presentase persona alguna dentro del término de Ley a efectuar oposición a lo peticionado, así como la no objeción expresa por parte del Ministerio Público quien fue debidamente notificado; y vencido como fue el lapso probatorio contenido en el artículo 771 ibidem y en conformidad a lo dispuesto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil; considera que está demostrado el error de fondo en que se incurrió en la Partida de Nacimiento No.1.232, de fecha 08 de septiembre de 1.982, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de CARMEN SOFIA SILVA ROMERO; acta que reposa en los archivos, tanto de la Oficina de Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, como en la Oficina de Registro Principal del estado Táchira, en la que se lee en cuanto al lugar de nacimiento de su titular “…nacida en esta ciudad…” siendo lo correcto “…nacida en San Cristóbal, Estado Táchira…” Así se decide.
III
Por todas las motivaciones tanto de hecho como de derecho, anteriormente expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento No.1.232 de fecha 08 de septiembre de 1.982, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de CARMEN SOFIA SILVA ROMERO.
En consecuencia, se Ordena tanto a la Oficina de Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, así como a la Oficina de Registro Principal del Estado Táchira, estampar la respectiva nota marginal en la referida Partida de Nacimiento.
Ofíciese lo conducente a los indicados despachos Registrales, remitiéndoles Copia Certificada de la presente decisión, una vez quede firme.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Antonio del Táchira, a los 24 días del mes de mayo de 2.011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Titular.
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana (09:40 a.m) dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.
Sol.37-2011
PAGP/rmmr