REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
DEMANDANTE: GRECIA MARGARITA ESTEVEZ CONTRERAS.
DEMANDADO: FREDDY ARMANDO BARRIENTOS USECHE.
EXPEDIENTE N° 4007-11
ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
En horas de Despacho del día de hoy 20 de mayo de 2011, presente la Ciudadana GRECIA MARGARITA ESTEVEZ CONTRERAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 18.860.847 y el ciudadano FREDDY ARMANDO BARRIENTOS USECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-14.217.635, con la finalidad de efectuar acto conciliatorio por aumento de obligación de manutención. La Juez Provisoria declara abierto el acto, haciendo una exposición de lo que significa y la extensión de la obligación de manutención. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana FREDDY ARMANDO BARRIENTOS USECHE quien manifestó: “Ofrezco como obligación de manutención para mis hijos la cantidad de Quinientos Bolívares (500 Bs.) mensuales, en las época escolar me haré cargo de la totalidad de los gastos, útiles escolares, uniformes y calzado y en la época navidad yo cubriré la totalidad de los gastos para mis hijos, es decir dos mudas de ropa y dos pares de zapatos para cada niño” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana GRECIA MARGARITA ESTEVEZ CONTRERAS quien expresó: “estoy de acuerdo con lo ofrecido por el padre de mis hijos, solicito al Tribunal ordene la apertura de la cuenta bancaria” Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos deben ser cubiertos en un 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del primero (01) de junio de 2011. En la misma fecha se libró oficio al Banco Bicentenario ordenando de apertura de cuenta bancaria Es todo, se leyó y conformes firman.
ABG. ANA RAMONA ACUÑA
JUEZA PROVISORIA
GRECIA MARGARITA ESTEVEZ CONTRERAS
FREDDY ARMANDO BARRIENTOS USECHE
ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
SECRETARIO TITULAR
ARA/JCCG/Mafc.-