REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N°1350-11-1150

DEMANDANTE: Francy Geraldine González Santaella, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.791.109, con el carácter de madre de la Adolescente Tiffany Yerismar y la niña Yessimar Nahomi González González.

DIRECCIÓN: San Lorenzo, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Erasmo González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.242.173, con el carácter de padre de la Adolescente Tiffany Yerismar y la niña Yessimar Nahomi González González.


DIRECCIÓN: Chururú, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira


MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1350-11

Fecha de Entrada: 17 de Mayo de 2011.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 12 de Mayo de 2011, se recibió oficio Nro. 075, procedente de la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos FRANCY GERALDINE GONZALEZ SANTAELLA y ERASMO GONZALEZ, llegando las partes al siguiente acuerdo inserto en el folio (10) que dice lo siguiente: “Ambas partes están de acuerdo en que el padre dará 200 Bs. Mensuales, y la Tarjeta de alimentación será exclusivamente para el mercado y será entregada a sus hijas los días 15 al 18 de cada mes y se compromete a completar la tarjeta alimentaria hasta llegar a los 300 Bs, la manutención será doblada dos veces al año; así mismo que aperture una cuenta de ahorros por Tribunales”.
En fecha 17 de Mayo de 2011, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la notificación de los ciudadanos FRANCY GERALDINE GONZALEZ SANTAELLA y ERASMO GONZALEZ.
En fecha 17 de Mayo de 2011, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión y Homologación de la presente demanda.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes FRANCY GERALDINE GONZALEZ SANTAELLA y ERASMO GONZALEZ, inserta en el folio (f. 10 vuelto), por ante la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda librar oficio a la Entidad Bancaria del Bicentenario a los fines de que se aperture una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana FRANCY GERALDINE GONZALEZ SANTAELLA, siendo beneficiarias la Adolescente TIFFANY YERISMAR y YESSIMAR NAHOMY GONZALEZ GONZALEZ, así mismo para que movilice sin autorización del Tribunal dicha cuenta.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los diecisiete días del mes de Mayo del dos mil once. Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza


ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario Accidental.


ALEJANDRO GUADA RUJANO