REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
CAPITULO I
DE LAS PARTES
Sentencia N°1354-11-1161
DEMANDANTE: Magaly Santafe Gonzalez, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 68.305.492, con el carácter de madre de la niña Anggi Paola Guarin Santafe.
DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
DEMANDADO: Luis Alfonso Guarin Hernandez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.814.137, con el carácter de padre de la niña Anggi Paola Guarin Santafe.
DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira
MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención
CAUSA NRO. 1354-11
Fecha de Entrada: 31 de Mayo de 2011.
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 31 de Mayo de 2011, se recibió oficio Nro. 052, procedente de la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos MAGALY SANTAFE GONZALEZ y LUIS ALFONSO GUARIN HERNANDEZ, llegando las partes al siguiente acuerdo inserto en el folio (11) vuelto que dice lo siguiente: “Ambas partes están de acuerdo en que el padre dará 50 Bs, semanal por concepto de manutención para su hija Anggi Guarin de 07 años de edad por aparte los útiles escolares, el vestido la medicina a traves de un recibo de pago, donde le firme la ciudadana Magaly Santafe madre de la niña y la ciudadana Magaly Santafe Gonzalez, manifiesta estar de acuerdo con lo expusto”
En fecha 31 de Mayo de 2011, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la notificación de los ciudadanos MAGALY SANTAFE GONZALEZ y LUIS ALFONSO GUARIN HERNANDEZ. En fecha 31 de Mayo de 2011, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión y Homologación de la presente demanda.
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes MAGALY SANTAFE GONZALEZ y LUIS ALFONSO GUARIN HERNANDEZ, inserta en el folio (f. 14 vuelto), por ante la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los treinta días del mes de Mayo del dos mil once. Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario Accidental.
ALEJANDRO GUADA RUJANO
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