REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 11 de Mayo de 2011
201° y 152°
Visto el escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO que encabeza éstas actuaciones, presentado personalmente por ANDERSON ALBERTO CASTRO LOBO y MARITZA CARLINA SILLIE AVANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.063.278 y V-15.780.956, asistidos por EVELIO MARTIN GARCIA, abogado en ejercicio e inscrito bajo el Inpreabogado No 71.526, así como los recaudos que lo acompañan, este Tribunal lo admite en cuanto ha lugar en derecho y por cuanto el Decreto Régimen Sobre Autorización de Operaciones de Enajenación, Disposición y Afectación de Terrenos Ejidos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.902, de fecha 29 de febrero de 2000, mediante el cual en su único aparte del Artículo 1°, establece textualmente lo siguiente:
“No requerirán de la Autorización indicada las operaciones relativas a las bienhechurias propiedad de particulares construidas o levantadas sobre terrenos municipales, si el Título originario de adquisición de los derechos es anterior al Decreto de fecha treinta de agosto de mil novecientos noventa y nueve, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 36.776, sobre Regulación de las Funciones del Poder Legislativo”.
Este Tribunal observa, que el documento que acompaña a la solicitud: documento de compra-venta autenticado por ante la Oficina de Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 27 de diciembre de 2007, bajo el No. 11, folio 55, Protocolo 1º, Tomo 23 del Trimestre Cuarto, croquis de ubicación, copias de las cédulas de identidad y cartas de residencias de los solicitantes, se ordena examinar como testigos a dos (02) personas, quienes serán evacuadas en la oportunidad que de acuerdo a la capacidad del tiempo de Despacho sea disponible en este Juzgado.
LA JUEZ,
NAHIROBY C. BOSCAN P
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ
Sol. 2910-11
NCBP/EG/Neulys