REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del estado Táchira
San Cristóbal, 02 de mayo de 2011
AÑOS: 201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2010-001725
ASUNTO : SP21-S-2010-001725
REF.- DECLINATORIA DE COMPETENCIA
Revisadas como han sido las actuaciones contentivas de la solicitud Fiscal procedentes de la Fiscalía Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la cual consiste en solicitud de CALIFICACION DE FLAGRANCIA E IMPOSICION DE MEDIDA DE COERCION PERSONAL, en la cual figura como imputado el ciudadano QUIÑONES ALEXANDER. Asi mismo, observa esta Juzgadora que al folio siete (7) de autos consta acta de entrevista rendida por el niño B.S.A.Q.H. de 10 años de edad quien funge como presunta víctima, es por ello, que este Tribunal no tiene competencia para conocer sobre delitos en los cuales versen personas del sexo masculino, como víctimas en las particularidades que presenta el caso en cuestión, es por lo que de conformidad al artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal se DECLINA LA COMPETENCIA DE LA CAUSA, a la Jurisdicción Ordinaria, ordenándose remitir las presentes actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a objeto que sea remitida al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control en Funciones de Control Número Diez de este Circuito Judicial Penal por encontrarse de Guardia y asi se decide. En consecuencia; este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS NUMERO UNO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA decide: UNICO: DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control en Funciones de Control Número Diez de este Circuito Judicial Penal por encontrarse de Guardia, todo ello conforme lo preceptuado en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena librar el oficio correspondiente a la Oficina del Alguacilazgo para que remita las presentes actuaciones al Juzgado de Control correspondiente a los fines de resolver la solicitud Fiscal planteada. Déjese copia a objeto de ser archivada en el copiador de decisiones llevados en este Tribunal a tal efecto.- CUMPLASE.
ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
ABG. LUIS RONALD ARAQUE GARCIA
SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
SP21-S-2011-001725
San Cristóbal, martes 27 de julio de 2010
200º y 150º
Revisadas como han sido las actuaciones contentivas de la solicitud Fiscal procedentes de la Fiscalía Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la cual consiste en solicitud de DECRETO DE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, donde figura como imputado Apolinar Trujillo Oscar Jhoneydel por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZAS previstos y sancionados en los artículos 17 y 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia vigente para la fecha del hecho cometido de Olga Edith Castro de Ortega y Hugo Hernán Ortega. Asi las cosas; en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia el sujeto pasivo es el sexo femenino bajo los preceptos legales que indica la Ley Especial, y observándose que en el caso en cuestión funge como victima de uno de los delitos, como es el de Lesiones Personales el ciudadano Basilio Antonio Flores, es por lo que de conformidad al artículo 75 del Código Orgánico Procesal Penal se DECLINA LA COMPETENCIA DE LA CAUSA, a la Jurisdicción Ordinaria, específicamente al Juzgado de Primera Instancia de Control que se encuentre de Guardia en el día de hoy del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira y asi se decide. En consecuencia; este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS NUMERO UNO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA decide: UNICO: DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto al Juzgado de Primera Instancia de Control que se encuentre de Guardia en el día de hoy de este Circuito Judicial Penal, todo ello conforme lo preceptuado en el artículo 75 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena librar el oficio correspondiente a la Oficina del Alguacilazgo para que remita las presentes actuaciones respectivamente al Juzgado de Control de Guardia de este Circuito Judicial Penal a los fines de resolver la solicitud Fiscal planteada. CUMPLASE.
ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
ABG. VICTOR MANUEL ANDRADE GARCIA
EL SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
SP21-S-2010-000213
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL II DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, viernes 20 de agosto de 2010
200º y 150º
Revisadas como han sido las actuaciones contentivas de la solicitud Fiscal procedentes de la Fiscalía Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la cual consiste en solicitud de DECRETO DE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, donde figura como imputado Antonierd Márquez por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 17 y 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia vigente para la fecha del hecho cometido en perjuicio de Edicta del Carmen Márquez y Alejandro de Jesús Prada García. Asi las cosas; en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia el sujeto pasivo es el sexo femenino bajo los preceptos legales que indica la Ley Orgánica que regula la materia, y observándose que en el caso en cuestión funge como victima el ciudadano Alejandro de Jesús Prada García, es por lo que de conformidad al artículo 75 del Código Orgánico Procesal Penal se DECLINA LA COMPETENCIA DE LA CAUSA, a la Jurisdicción Ordinaria, específicamente al Juzgado de Primera Instancia de Control que se encuentre de Guardia en el día de hoy del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira y asi se decide. En consecuencia; este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS NUMERO UNO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA decide: UNICO: DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto al Juzgado de Primera Instancia de Control que se encuentre de Guardia en el día de hoy de este Circuito Judicial Penal, todo ello conforme lo preceptuado en el artículo 75 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena librar el oficio correspondiente a la Oficina del Alguacilazgo para que remita las presentes actuaciones respectivamente al Juzgado de Control de Guardia de este Circuito Judicial Penal a los fines de resolver la solicitud Fiscal planteada. CUMPLASE.
ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
ABG. VICTOR MANUEL ANDRADE GARCIA
EL SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Srio.-
SP21-S-2010-000272