REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 25 de noviembre de 2011
Años 201º y 152º
Han subido a este Tribunal, copias certificadas procedentes del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, en virtud de la inhibición planteada por la Dra. Mercedes Solórzano, Jueza de dicho Tribunal, para continuar conociendo de la causa a que se refieren estas actuaciones, con fundamento en la disposición contenida en el numeral 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, conforme al cual: "Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes: 18 Por enemistad entre el recusado y cualquiera de los litigantes, demostrada por hechos que, sanamente apreciados, hagan sospechable la imparcialidad del recusado."
En fecha 22 de noviembre de 2011, esta Alzada dio por recibido el expediente, y se reservó el lapso de tres (3) días de despacho siguientes para decidir, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil.
Estando dentro de la oportunidad señalada en el párrafo anterior, el Tribunal pasa a dictar sentencia, previas las siguientes consideraciones:
Pretende abstenerse de continuar conociendo la Dra. Mercedes Solórzano, por el hecho de que el abogado ELIO DANIEL MUSTIOLA asiste judicialmente a la parte actora Antonio Fernández de Freitas, con quien en varias oportunidades ha tenido discrepancia por su comportamiento grosero, abusivo, sarcástico e irónico, lo que ha creado en ella un sentimiento de rechazo y enemistad hacia su persona, que de manera directa incide en su independencia para intervenir imparcialmente como funcionaria judicial, que pudiera influir sobre su criterio en el resultado de la inhibición que le correspondió conocer previa distribución, con ocasión a la inhibición planteada por la doctora Ana Teresa Ayala, Jueza del Juzgado Segundo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, y en virtud de que esta Superioridad en sentencia dictada en fecha 07 de mayo de 2009, en la causa signada con el N° 7995, nomenclatura de ese Juzgado, ha declarado con lugar la inhibición planteada por la antes mencionada Jueza de Primera Instancia, por la misma causal, forzoso es para quien decide esta inhibición, declararla con lugar. Y así se decide.-
DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. Mercedes Solórzano, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 82, numeral 18 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio incoado por ANTONIO FERNÁNDEZ DE FREITAS, en contra de MANUEL RUFINO VIEIRA.
Notifíquese lo conducente al Juzgado donde se produjo la inhibición y una vez quede firme esta decisión, remítase el presente Cuaderno al Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario.de esta misma Circunscripción Judicial.
No hay pronunciamiento sobre costas, debido a la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y regístrese.
Dictada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del 1, en Maiquetía, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de 2011.
LA JUEZA SUPERIOR
DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA
En esta misma fecha ( 25/11/11), se publicó y registró la anterior decisión, siendo las (10:00 a.m..)
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA
MCM/Mb.-
Exp.N° 2217.-
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