JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUSNSCRIOPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, 28 DE NOVIEMBRE DE 2011.-

201° Y 152°

Visto la diligencia de esta misma fecha, suscrita por los ciudadanos LUIS RICARDO GONZALEZ CONTRERAS e IDALIDES FUENTES DE GONZÁLEZ, debidamente asistidos por la abogada LADY MENNA NIÑO SOTO, en su carácter de parte demandada, igualmente, la abogada NORA MARITZA VILLAMIZAR CÁCERES, en representación de la SOCIEDAD DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL ESTADO TÁCHIRA S.A. (S.G.R. TÁCHIRA S.A.), parte demandante, y por otra parte la abogada ZULEIKA HUNG FUENMAYOR, en su condición de apoderada del BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL C.A. por medio de la cual consignan diligencia contentiva de convenimiento en el presente proceso en el que realizan un convenio de pago respecto del crédito que el deudor, todo en los términos allí establecidos, este Tribunal conforme a lo solicitado y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL CONVENIMIENTO celebrado en los términos acordados y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y conforme a lo solicitado se da por terminado el presente proceso y se ordena remitir al Tribunal de la causa quien deberá levantar las medidas decretadas y demás trámites legales. Se acuerda expedir tres (3) juegos de copias certificadas del convenimiento y del presente auto.

La Jueza Titular


Ana Yldikó Casanova Rosales
El Secretario

Antonio Mazuera Arias
Mzp
Exp. 6832