REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO
REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO TACHIRA; TARIBA (03) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE. (2011).
200° y 151°
Por recibido el Oficio sin numero de fecha: 12/08/2011, procedente de la DEFENSORIA EDUCATIVA DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO ANDRÉS BELLO DEL ESTADO TACHIRA, junto con ACTA DE CONCILIACION en materia de OBLIGACION ALIMENTARIA y recaudos anexos, de conformidad con el artículo 315 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. Désele entrada en el Libro de Causas Civiles y Notifíquese a la Fiscal Especializada de Menores y HOMOLOGUESE EL CONVENIMIENTO.
En consecuencia visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado entre los ciudadanos: HIGINIA LORENA SANCHEZ y JOSE BORRERO, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 14.785.820 y V- 12.972.496, en fecha: 09/08/2011 a favor de las Hermanas (omitido por art. 65 LOPNA).-
Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en un todo acuerdo con el artículo 375 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, le imparte a la conciliación suscrita entre las partes la HOMOLOGACION correspondiente, por lo cual se tendrá con FUERZA EJECUTORIA. Remítase con oficio copia certificada de la presente homologación a la DEFENSORIA antes citada. Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y constancia en el libro diario. LA JUEZ TITULAR. (Fdo) ABG: LUISA MEDINA. (Lugar del sello) LA SECRETARIA: (Fdo) ABG. ANNY ORTIZ. En la misma fecha se le da entrada bajo el N° 6826____-2011, del libro de causas civiles, se deja copia para el archivo del Tribunal, se envía copia certificada de la homologación a la DEFENSORIA DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO ANDRÉS BELLO DEL ESTADO TACHIRA, con Oficio N° __1482___ y se libra boleta a la Fiscal. LA SECRETARIA: (Fdo) ABG. ANNY ORTIZ.”/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*
QUIEN SUSCRIBE, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, CERTIFICA: La exactitud de la presente copia por ser traslado fiel y exacto de su ORIGINAL, copiada textualmente y a un mismo tenor de la Homologación Impartida ante la DEFENSORIA antes señalada, la cual cursa por ante éste despacho bajo el N° __6826____-2011.- TARIBA, (03) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE-
LA SECRETARIA
ABG. ANNY ORTIZ.