REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
PARTE SOLICITANTE: BLANCA OLAY SANCHEZ SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.232.799, con domicilio laboral en el Centro Comercial La cordoboreña, local 3, Bosmean, santa ana, municipio Córdoba.
PARTE CITADA: YIMMI NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.546.646, domiciliado en Centenario, calle principal, frente al parque, Santa Ana, Municipio Córdoba.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO CONCILIATORIO
EXPEDIENTE: 2060
Visto el contenido del acto realizado entre las partes: YIMMY NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.546.646, y la ciudadana: BLANCA OLAY SANCHEZ SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 16.232.799, désele entrada y el curso de ley correspondiente, inventariase, fórmese expediente, En consecuencia Visto el contenido del Acto efectuado entre las partes y por cuanto no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o disposiciones de la Ley; este Tribunal, en consecuencia HOMOLOGA dicho acto quedando acordado entre las partes lo siguiente:
PRIMERO: Se deja constancia entre ambas partes que actualmente existe una deuda por la suma de MIL DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (BS. 1.280) los cuales corresponde a mercaría que la ciudadana: BLANCA OLAY SANCHEZ SUAREZ, vendió a crédito al ciudadano: YIMMY NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.546.646.
SEGUNDO: El deudor se compromete a cancelar la deuda el da 25 de noviembre del 2011 cancelará la suma de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) y seguidamente durante cinco semanas le pagara la suma de DOSCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES (Bs. 216,00) SEMANALES, hasta el día 31 de diciembre del 2011 cuando deberá haber cancelado el total de la deuda.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Santa Ana a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre de Dos Mil once (2011).
LA JUEZ PROVISORIO
ABOG. AIDALIA MARGOT IGLESIAS D
LA SECRETARIA
ABOG. MIRIAN C. MARTINEZ Q.
RED/k.u.
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