REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION SEGUNDO
DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 21 de Noviembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2001-000129
ASUNTO : 2E-2491-11
ABSOLUTOIRIA
Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano penado RICHARD ANTONIO SOCORRO ZAMBRANO, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, natural de Valera, Estado Trujillo, nacido el día 20-03-74, de 37 años de edad, de estado civil casado, profesión u oficio comerciante, hijo de Antonio María Socorro y Mercedes del Carmen Zambrano, residenciado en Urbanización Colina Feliz, sector No. 3, casa No. 45, Guarenas Edo. Miranda y titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.457.803, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, para la fecha en que ocurrieron los hechos, hoy previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En este sentido este Tribunal previamente observa:
Cursa a los folios 115 al 123 de la presente pieza, sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 19 de octubre de 2011, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano penado RICHARD ANTONIO SOCORRO ZAMBRANO, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, natural de Valera, Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-12.457.803, plenamente identificado al inicio de la presente decisión, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.
Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del ciudadano penado RICHARD ANTONIO SOCORRO ZAMBRANO, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, natural de Valera, Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-12.457.803, y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado RICHARD ANTONIO SOCORRO ZAMBRANO, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, natural de Valera, Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-12.457.803, plenamente identificado en autos, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 19/10/2011, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, para la fecha en que ocurrieron los hechos, hoy previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano penado RICHARD ANTONIO SOCORRO ZAMBRANO, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, natural de Valera, Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-12.457.803.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,
DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,
ABG. KARIN MENDEZ MUJICA.
ASUNTO: WK01-P-2001-000129