REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 07 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2011-000008
ASUNTO : 2E-2483-11

ABSOLUTOIRIA

Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano ACOSTA JAVIER RAFAEL, de nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, fecha de nacimiento el 25 de Septiembre de 1965, de 46 años de edad estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Angelina Acosta Martínez (V) y Pedro de la Cruz Blanco (V), residenciado en Los Dos Cerritos, Alcabala Vieja detrás del Bloque 5, casa Nº 5, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas y titular de la cedula de identidad Nro. V.-9.995.277, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la especial que rige la materia para el momento en que acaecieron los hechos.
En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 27 al 64 de la presente pieza, sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 12 de marzo de 2004, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano ACOSTA JAVIER RAFAEL, de nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, y titular de la cedula de identidad Nro. V.-9.995.277, plenamente identificado al inicio de la presente decisión, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado ACOSTA JAVIER RAFAEL, de nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, y titular de la cedula de identidad Nro. V.-9.995.277, plenamente identificado en autos, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 12/03/2004, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la especial que rige la materia para el momento en que acaecieron los hechos.
Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano penado ACOSTA JAVIER RAFAEL.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,


ABG. KARIN MENDEZ MUJICA.

ASUNTO: WK01-P-2011-000008