REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, VEINTIDOS (22) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE (2011).-
201° y 152°
Vista la anterior diligencia suscrita por los ciudadanos: OSCAR VALENTIN PARRA PERNALETE y YOLANDA VIVAS SANDOVAL, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: V-3.238.474 y V-6.202.654, respectivamente, en su carácter de autos, asistidos por el Abogado JOSE DE JESUS PEREZ GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5.318, este Tribunal, ordena agregar a los autos el Certificado de Construcción de Bienhechurías, expedido por el Consejo Comunal Las Salinas-Puerto Carayaca de la Parroquia Carayaca, estado Vargas, inscrito en Fundacomunal en fecha 25/05/2010, bajo el Nº 24-01-02-003-0001. Asimismo, conforme a lo solicitado, se fija el cuarto (04) día de despacho siguiente al de hoy, a las 12:30 p.m. y 1:00 p.m., para examinar como testigos a dos (02) personas sobre los hechos narrados en la presente solicitud y, en tal sentido los solicitantes tendrán la carga de presentarlos. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,
ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA,
ABG. SANDRA R. SANTOS G.
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo antes ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. SANDRA R. SANTOS G.
Solicitud N° 843-11.-
LMS/Ss.-