REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, catorce (14) de Noviembre del año dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO N° WP11-L-2011-000336

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2011-000336
PARTE ACTORA: AGATHA DUBRASKA MOLINA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-18.363.995.
PARTE DEMADADO: FERRETERIA IP-5
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Vista la diligencia presentada por la ciudadana AGATHA DUBRASKA MOLINA ALVAREZ, titular de la cedula de identidad N° V-18.363.995, asistida por la profesional del derecho MARIA FABIOLA RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 100.609, mediante la cual DESISTE de la presente Calificación de Despido; en consecuencia, este Juzgado de conformidad con lo previsto en el numero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su Reglamento, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Asimismo, visto que se ordenó librar la Boleta de notificación, a nombre de la ciudadana AGATHA DUBRASKA MOLINA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.363.995, y visto el desistimiento presentado por la misma, se ordena dejar sin efecto las mencionada Boletas de notificación. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ


Dr. JOSE G. ESPAÑA GAMBOA

EL SECRETARIO


Abg. WILLIAM SUAREZ


Partes: AGATHA DUBRASKA MOLINA ALVAREZ vs. FERRETRIA IP-5
Motivo: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
JGEG/WS/Ramón.-
WP11-L-2011-000336