REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 14 de octubre de 2011
201° y 152°

Por recibido el presente expediente proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de misma Circunscripción Judicial, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la abogada GLORIA MEDINA GOMEZ, quien actúa en su propio nombre en contra de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 12 de agosto de 2011, en el juicio de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales contra la ciudadana DALIA DEL VALLE PARRA DE SANTOS, mediante la cual Negó la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la parte actora, désele entrada de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se fija el décimo (10mo) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, a una cualesquiera de las horas de Despacho establecidas en la taquilla del Tribunal, conforme lo establece el artículo 517 Ejusdem. Provéase lo conducente.-
LA JUEZA PROVISORIA

DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA

ABG. MARYSABEL BOCARANDA






MCMO/denice
Exp Nro. 2200