JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 10 de octubre de 2011.
201° y 152º
Vista el acta de conciliación que corre inserta a los folios 294 y 295 del presente expediente signado con el N° 1606-2005 por Obligación de Manutención, de fecha 10 de octubre de 2011, suscrita por los ciudadanos: JOHANNA LISETH OLIVARES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.126.055 y YHOAN ALBERTO GELVIZ CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.974.289, a favor del niño (se omite el nombre); y por cuánto la mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Gerente de Recursos Humanos del Banco Bicentenario, San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de levantar la Medida de Retención de Prestaciones Sociales que le corresponden al ciudadano YHOAN ALBERTO GELVIZ CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.974.289, decretada por este Tribunal en auto de fecha 21 de enero de 2004, mediante oficio N° 3130-025. Asimismo no realizar más descuentos por obligación de manutención de la nómina de dicho ciudadano. Líbrese boleta de notificación y oficio. Cúmplase.
El Juez Titular,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Temporal,
Abg. Laura Cristina Urbina Arellano
En la misma fecha se notificó al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo el N° 3130-674.
La Sria. Temp.,
Exp. 1606-2005
PAGP/jacs
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