REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio.
201° y 152°
En fecha 17 de octubre de 2.011, es presentado ante este Despacho Judicial, escrito mediante el cual, el ciudadano MARTIN PRATO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No.V-1.588.477, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, capital del estado Táchira, asistido por la profesional del derecho Luz Indira Gámez Suárez, inscrita ante el Inpreabogado bajo el No.115.942, con igual domicilio; solicita, que se le declare tanto a él, como a los ciudadanos ELDA MARIA PRATO DE FARIA, JOSE ANTONIO MARTINEZ PRATO, LUIS FRANCISCO MARTINEZ PRATO, BETTY MARTINEZ DE BUCOBO, JOSE GREGORIO PRATO y DABNEY JAFETH PARRA MARTINEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-1.576.903, V-2.810.914, V-1.582.866, V-1.586.890, V-5.326.963 y V-13.917.265 (este último, en representación de su madre TRINIDAD PRATO, ya fallecida) como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana IGNA MARIA PRATO DE MARTINEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.582.295, de oficios del hogar y estuviera domiciliada en la calle 6, No.12-40, de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira. Anexó documentos escritos, en 37 folios útiles.
Por auto de fecha 17 de octubre de 2.011 es admitida la solicitud, dándose el curso de Ley correspondiente, se inventarió bajo el No.136-2011, y se fijó oportunidad para oír la declaración de testigos.
A su solicitud acompañó los siguientes documentos escritos:
Fotocopia certificada del Acta de Defunción No.687, de fecha 08 de julio de 2.009, asentada ante la Oficina de Registro Civil del Municipio San Cristóbal, en el Libro correspondiente a la Parroquia La Concordia; a nombre de la ciudadana, IGNA MARIA PRATO DE MARTINEZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.582.295 y tenía su domicilio en la calle 6 No.12-40 de la ciudad de San Antonio del Táchira. Certificación expedida por la Registradora Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, en fecha 30 de noviembre de 2.010.
Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento No.1.223, de fecha 25 de septiembre de 1.969, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de DABNEY JAFETH. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, en fecha 14 de septiembre de 2.010.
Partida de Nacimiento No.314 de fecha 09 de abril de 1.960, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de JOSE GREGORIO. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Principal del estado Táchira, en fecha 16 de marzo de 2.011.
Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento No.185, de fecha 21 de marzo de 1.956, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de MARTIN. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, en fecha 23 de septiembre de 2.010.
Fotocopia certificada del Acta de Defunción No.1.345 de fecha 15 de septiembre de 2.004, asentada ante la Prefectura Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, a nombre de TRINIDAD MARTINEZ DE PARRA. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, en fecha 16 de noviembre de 2.010.
Fotocopia Certificada de la Partida de Nacimiento No.306, de fecha 22 de abril de 1.950, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de BETTY. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Principal del Municipio Bolívar del estado Táchira, en fecha 27 de septiembre de 2.011.
Original de la Ficha Alfabética, expedida por el Jefe (E) de la Oficina ONIDEX, en la ciudad de San Antonio del Táchira, en fecha 24 de enero de 2.008, a nombre de LUIS FRANCISCO MARTINEZ PRATO.
Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento No.223 de fecha 15 de Junio de 1.940, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de ELDA MARIA. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Principal del estado Táchira, en fecha 16 de marzo de 2.011.
Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento No.79, de fecha 05 de febrero de 1.945, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de JOSE ANTONIO. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Principal del estado Táchira, en fecha 28 de septiembre de 2.011.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1.582.295, República de Venezuela, a nombre de IGNA MARIA PRATO DE MARTINEZ.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1.576.903, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de ELDA MARIA PRATO DE FARIA.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1.586.890, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de BETTY MARTINEZ DE BUCOBO.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-2.810.914, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de JOSE ANTONIO MARTINEZ PRATO.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1.582.866, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de LUIS FRANCISCO MARTINEZ PRATO.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1588.477, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de MARTIN PRATO.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-5.326.963, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de JOSE GREGORIO PRATO.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-13.917.265, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de DABNEY JAFETH PARRA MARTINEZ.
En este orden de ideas el Tribunal, analizado como ha sido el escrito de solicitud, junto con los documentos públicos anexos, los cuales son valorados de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose como fidedignos por haber sido expedidos por funcionario facultado para esto; las testimoniales rendidas son valoradas sobre la base de lo expuesto en el artículo 508 ibidem, acuerda en conformidad.
En consecuencia, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarles a los ciudadanos MARTIN PRATO, ELDA MARIA PRATO DE FARIA, JOSE ANTONIO MARTINEZ PRATO, LUIS FRANCISCO MARTINEZ PRATO, BETTY MARTINEZ DE BUCOBO, JOSE GREGORIO PRATO y DABNEY JAFETH PARRA MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-1.588.477, V-1.576.903, V-2.810.914, V-1.582.866, V-1.586.890, V-5.326.963 y V-13.917.265, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus IGNA MARIA PRATO DE MARTINEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.582.295, viuda, con último domicilio en la calle 6 No.12-40, de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira; quien fuera madre de los primeros y abuela del último de los nombrados. Así se declara.
Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; se deja a salvo todo derecho de terceros. Se insta al solicitante a consignar las copias fotostáticas a los fines de su certificación.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Antonio del Táchira, a los 21 días del mes de octubre de 2.011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Temporal.
Abg. Laura Cristina Urbina Arellano.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las once de la mañana (11:00 a.m), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.
Sol.No.136-11
PAGP/lcua