REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
San Cristóbal, Estado Táchira, jueves 13 de Octubre de 2011; siendo las 9:30 de la mañana, este Tribunal Primero Ejecutor de Medida de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, se trasladó y constituyó junto con la ciudadana Darlys Torres Zambrano, titular de la cédula de identidad N° V-13.302.926, debidamente asistida por el abogado Domingo E. Salcedo, titular de la cédula de identidad N° V-9.225.266 y debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.485, en un inmueble ubicado al final de la avenida Lucio Oquendo, en la parada de salida de COMIXTACH, a fin de llevar a cabo medida de Amparo Constitucional decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Darlys C,. Torres Zambrano contra la Asociación Cooperativa Mixta Táchira (COMIXTACH); expediente N° 20.861, Amparo Constitucional. El tribunal se hizo acompañar del oficial jefe Víctor Angarita, placa 305, funcionario de Politáchira, se encuentra presente el ciudadano Jorge Castro Pérez, titular de la cedula de identidad N° V.-3.618.160, Coordinador de Trasporte de Comixtach y el ciudadano Daniel Guevara Duque, titular de la cédula de identidad N° E-82.062.675, Secretario de oficina, quienes fueron notificados del objeto y misión del Tribunal, permitiendo el acceso del Tribunal a la oficina del terminal o parada de salida de la Asociación Cooperativa Mixta Táchira (COMIXTACH). Ahora bien por cuanto el Derecho a la defensa es un derecho garantizado y protegido en todo grado y estado de la causa, se le concede a los notificados un plazo de 20 minutos para que se comunique con el Presidente de la Asociación y con su Abogado a fin de que defiendan sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 1° de la Constitución Nacional, desarrollada jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, sentencia N° sentencia N° 10 de fecha 02/02/2000 en concordancia con el artículo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo de conformidad con el artículo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Transcurrido el plazo, el ciudadano Jorge Castro, Coordinador de Transporte solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Siendo las 9:40 de la mañana, me comuniqué vía telefónica con el Presidente de la Asociación Cooperativa Mixta Táchira, ciudadano José Alejandro Pérez Duque, y a quien le manifesté la presencia del Tribunal en esta sede, y me solicitó que le acercara al ciudadano Juez vía telefónica, seguidamente por vía telefónica, el ciudadano Juez le notifica de la misión y objeto del Tribunal e igualmente manifestó acatar la decisión y procedió vía telefónica a ordenarle al Coordinador de Transporte acatar de manera inmediata la decisión. Seguidamente el abogado Domingo Salcedo, en nombre de su asistida Darlys Torres, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: Solicito muy respetuosamente del Tribunal la reincorporación inmediata a las actividades normales de prestación de servicio público de Transporte que corresponde a las siguientes características Marca: Ford, modelo: B350, año 1984, placas AB1084, serial de carrocería AJB3EE36690, serial de motor 6 cilindros, color Blanco y multicolor, clase Minibus, tipo Colectivo, uso Transporte Público para que cumpla con el Transporte de pasajeros en las rutas B y C, de la Asociación Cooperativa Mixta Táchira (COMIXTACH), tal y como fuere decretado por el Tribunal de la causa es todo. En este estado el ciudadano Juez expone: Visto lo solicitado por la parte querellante o actora en el proceso de Amparo Constitucional y de conformidad con lo ordenado por el Tribunal Comitente, este Tribunal por autoridad y mandato de la ley, y siendo ésta la etapa de ejecución material, ordena a la Asociación Cooperativa Mixta Táchira (COMIXTACH), en la persona que la representa en este acto, ciudadano Jorge Castro Pérez, que reincorpore de manera inmediata a la ciudadana Darlys Cleotilde Torres Zambrano, a las actividades normales de Prestación de Servicio de Transporte Público y Transporte de pasajeros en las rutas B y C de la referida Asociación, en la unidad de transporte de su propiedad, cuya identificación y características fueron señaladas en la presente acta, advirtiéndole a las partes notificadas que el desacato a la presente orden, los puede hacer incurrir en un hecho punible establecido en nuestra Legislación. Seguidamente el ciudadano Jorge Castro, Coordinador de Transporte solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Por ordenes expresas vía telefónica giradas por el Presidente de la Asociación, ciudadano José Alejandro Pérez Duque, manifiesto al ciudadano Juez, que acatamos de manera inmediata la decisión de fecha 30 de septiembre de 2011, e igualmente y en este acto presente el chofer o avance que va a conducir la unidad N° 35 y a la cual hace referencia la sentencia, es todo. En este estado el abogado Domingo Salcedo, en nombre de su asistida Darlys Torres, expone: Presento en este acto como operador de la unidad de transporte N° 35, ciudadano Hugo Saavedra Parada, titular de la cédula de identidad N° V-5.640.441, quien va a ser el operador de la unidad de transporte N° 35. Seguidamente el ciudadano Juez, insta a la parte ejecutante que un plazo de 24 horas informe a este Tribunal si la parte querellada y notificada cumplió con lo aquí ordenado. No siendo otro el objeto del Tribunal, se da por terminado el acto siendo las 10:30 de la mañana, regresando a la sede natural del Tribunal. Se acuerda dejar copia certificada de la diligencia que solicita el traslado, el auto que acordó el traslado y de la presente acta. Leída el acta, conformes firman. Lo enmendado “mixta, Comixtach, de la Darlys” Valen.
Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo) Lugar del sello. Jorge Castro Perez. Notificado. (Fdo) Daniel Guevara Duque. Notificado (Fdo) Darlys Torres Zambrano. Parte Actora (Fdo) Abogado Domingo Salcedo Prato. Abogado de la parte Actora. (Fdo) Abogada Beatriz Luna. Abogado Asistente de la Demandada (Fdo) Hugo Savedra Parada. Operador de Transporte (Fdo) Oficial Jefe Víctor Angarita. Funcionario de Politáchira. (Fdo) Abogado Carmen Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).