REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION SEGUNDO
DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 06 de Octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2011-001394
: 2E-2459-08
Corresponde a este juzgado emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud presentada por la ciudadana acusada CATHERY CLAUDETT BOSCAN GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacida en fecha 16-08-1987, de 23 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio: Abogada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.408.930, residenciada en Villa del Rosario, Parroquia Rosario, Municipio Rosario de Perijá, Estado Zulia, en su condición de penada en la presente causa, donde expuso: “Solicito de sus buenos oficios… que se me alarguen las presentaciones por este alguacilazgo ya que resido en la Villa del Rosario en e Municipio Rosario de Perijá, tengo un niño de 3 años soy madre soltera y se me dificulta por mi trabajo venir por cada 15 días la cual so0licito de igual manera a Maracaibo estado Zulia….”
Ahora bien, de la revisión efectuada en el sistema informático a los asientos donde se refleja el régimen de presentaciones de la ciudadana penada CATHERY CLAUDETT BOSCAN GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.408.930, se pudo constatar el fiel y cabal cumplimiento de la medida por parte de la mencionada ciudadana, lo cual deriva en la certeza de su disposición a someterse a la investigación, quedando así garantizadas las resultas del proceso, por lo cual quien aquí decide considera ajustado a derecho extender el lapso sus presentaciones equivaldrán a cada sesenta (60) días a la ciudadana penada CATHERY CLAUDETT BOSCAN GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.408.930, por el buen comportamiento que hasta los actuales momentos han sido corroborados por nuestro sistema integral Juris 2000. Así se decide.
DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda Extender las presentaciones periódicas ante este tribunal, a la ciudadana penada CATHERY CLAUDETT BOSCAN GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.408.930, antes identificado, a cada sesenta (60) días.
Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes de la presente decisión.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,
Dr. MAURO A. RODRIGUEZ B.
LA SECRETARIA,
ABG. GLEDYS GUTIERREZ C.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
ABG. ABG. GLEDYS GUTIERREZ C.
ASUNTO: WP01-P-2011-001394