REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
201º y 152º

SOLICITUD:
Nº 3546/11.
SOLICITANTE:
BETTY DEL CARMEN CORDOVES DE PIRELA.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

APODERADO JUDICIAL:
GUSTAVO BESSON BELLORIN.

DECISIÓN INTERLOCUTORIA

I
NARRATIVA
Previo sorteo de distribución de solicitudes de fecha 29/09/2011, fue asignada a este Juzgado la presente solicitud de JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: BETTY DEL CARMEN CORDOVES DE PIRELA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.117.820, quien actúa en nombre propio y en representación de sus hijos, ciudadanos: JEANMILETH DE LOURDES PIRELA DE ALFONZO, LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES (FALLECIDO) y MIGUEL ANGEL PIRELA CORDOVES, titulares de las Cédulas de Identidad Nº: V- 6.483.813, V- 11.056.815 y V- 11.056.814 respectivamente, debidamente representada por su apoderado judicial, ciudadano GUSTAVO BESSON BELLORIN, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.908, en su condición de esposa e hijos del causante MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO, por lo que previa consignación de los documentos fundamentales de la solicitud, se admitió por auto de fecha 18 de Octubre de 2011, fijándose oportunidad para la declaración de los testigos que la postulante presentó al Tribunal.
II
MOTIVACIÓN
La solicitante y sus representados en su condición de esposa e hijos del causante MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO, solicitó que se les declare como Únicos y Universales Herederos del mismo, fallecido ab- intestato en fecha 28 de Junio de1.993, en el Hospital Periférico, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del Estado Vargas.
A los fines de su solicitud, la solicitante consignó los siguientes documentos:
1) Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos: MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO y BETTY DEL CARMEN CORDOVES RODRIGUEZ, expedida en fecha 27/06/1966, por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas, la cual corre inserta bajo el Acta Nº 76, Folio Nº 76 vto., bajo el Nº 76, de los Libros de Registro Civil para Matrimonios llevados durante el año 1.963. Folio Nº 05.
2) Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano: MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO, asentada bajo el Acta Nº 203, Folio Nº 102, en los Libros de Defunciones del año 1.993, expedida en fecha 05/10/2011, por la Dirección de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas. Folio Nº 06.
3) Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la representada, ciudadana JEANMILETH DE LOURDES PIRELA DE ALFONZO, asentada bajo el Acta Nº 1.587, Folio Nº 300, en los Libros de Nacimiento del año 1964, expedida en fecha 30/07/2007, por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Folio Nº 07.
4) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del representado, ciudadano LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES (FALLECIDO), asentada bajo el Acta Nº 1.004, Folio Nº 02, en los Libros de Nacimiento del año 1.970, expedida en fecha 03/08/2011, por la Dirección de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Folio Nº 08.
5) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del representado, ciudadano MIGUEL ANGEL PIRELA CORDOVES, asentada bajo el Acta Nº 445, Folio Nº 223 vto., en los Libros de Nacimiento del año 1.969, expedida en fecha 08/06/2011, por la Dirección de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Folio Nº 09.
6) Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano: LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES, asentada bajo el Acta Nº 1.572, en los Libros de Defunciones del año 1.997, expedida en fecha 14/07/2011, por la Dirección de Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador, Distrito Capital. Folio Nº 10.
7) Copia Simple del Certificado de Matrimonio de los ciudadanos: LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES y DORIS MARGARITA BAUTE MENDEZ, expedida en fecha 21/06/1990, por el Juzgado 4º de Parroquia del Distrito Federal, Circuito Nº 2, Municipio Vargas, y del Acta de Matrimonio inserta bajo el Acta Nº 29, Folio Nº 29 vto., de los Libros correspondientes a Matrimonios llevados durante el año 1.990. Folios Nº 11 al 13.
8) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: LUIS MIGUEL PIRELA BAUTE, asentada bajo el Acta Nº 612, Folio Nº 306, en los Libros de Nacimiento del año 1.991, expedida en fecha 27/08/2003, por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Folio Nº 14.
9) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: UBERT ALFREDO PIRELA BAUTE, asentada bajo el Acta Nº 513, Folio Nº 257, en los Libros de Nacimiento del año 1.992, expedida en fecha 26/08/2003, por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Folio Nº 15.
10) Copias de las Cédulas de Identidad de los ciudadanos involucrados en la presente solicitud. Folios Nº 16 al 20.

Los documentos antes relacionados en los numerales 1 al 9, tienen carácter público conforme a lo previsto en el Artículo 77 de la Ley Orgánica de Registro Civil, por lo que prestan para esta instancia todo el valor probatorio que de su contenido se desprende, evidenciándose del Acta de Matrimonio inserta al folio Nº 05, la unión que existiese entre el ciudadano: MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO y la solicitante BETTY DEL CARMEN CORDOVES RODRIGUEZ. Del Acta de Defunción inserta al folio Nº 06 vto., el fallecimiento del causante MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO, así como de las Actas de Nacimiento de los ciudadanos JEANMILETH DE LOURDES PIRELA DE ALFONZO, LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES (FALLECIDO) y MIGUEL ANGEL PIRELA CORDOVES, que cursan a los folios Nº 07, 08 y 09, se demuestra la filiación como hijos del causante.

Por otra parte, se evidencia del Acta de Defunción inserta al Folio Nº 10, el fallecimiento del ciudadano LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES, hijo del causante y la solicitante, ciudadanos MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO y BETTY DEL CARMEN CORDOVES RODRIGUEZ, quien para el momento del fallecimiento de su ciudadano padre, se encontraba casado con la ciudadana DORIS MARGARITA BAUTE MENDEZ, según Acta de Matrimonio que riela a los Folios Nº 11 al 13, procreando de dicha unión matrimonial dos (02) hijos de nombres: LUIS MIGUEL PIRELA BAUTE y UBERT ALFREDO PIRELA BAUTE, cuya filiación se acredita con las Actas de Nacimientos que corren inserta a los Folios Nº 14 y 15 respectivamente, los cuales en virtud de ello, entran en representación de su finado padre LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES, a formar parte de los herederos del causante antes identificado. Así se declara.
Igualmente, en la oportunidad fijada para ello, la solicitante presentó las testimoniales de las ciudadanas: MAURA DEL CARMEN MONTILLA SAAVEDRA y HAYRIN DAYANA DIAZ DE ALFONZO, titulares de las Cédulas de Identidad Nº: V- 9.993.176 y V- 15.026.052 respectivamente, quienes contestaron afirmativamente a su interrogatorio.
Estas testigos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en exageraciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio que se desprende sobre la existencia del vínculo y la filiación que unía a la solicitante y sus representados con el causante.
Ahora bien, estudiado el caso cuestionado con las probanzas evacuadas, este Tribunal los considera suficientes para declarar la cualidad de Únicos y Universales Herederos que se acredita a la solicitante, sus representados y los ciudadanos antes identificados que entran a formar parte en representación del finado LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES, sobre el acervo hereditario del De-cujus, MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO, y así se dictaminará en el decreto de esta decisión. Así se establece.
III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por la ciudadana: BETTY DEL CARMEN CORDOVES DE PIRELA, quien actúa en nombre propio y en representación de sus hijos, ciudadanos: JEANMILETH DE LOURDES PIRELA DE ALFONZO, LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES (FALLECIDO) y MIGUEL ANGEL PIRELA CORDOVES, estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los referidos ciudadanos, así como a los ciudadanos LUIS MIGUEL PIRELA BAUTE y UBERT ALFREDO PIRELA BAUTE, en representación del finado LUIS ALFREDO PIRELA CORDOVES, la cualidad de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: MIGUEL ANGEL PIRELA CAMACHO, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del nombrado ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al Principio Constitucional de Tutela Judicial Efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejando a salvo los derechos de terceros".
Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría, para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. En Maiquetía, a los Veintiséis (26) días del mes de Octubre de Dos Mil Once (2.011).
LA JUEZ,

Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ.
EL SECRETARIO

DR. GERARDO FREITES
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo la 1:30 p.m., y se ordena devolver constante de Veintinueve (29) folios útiles.
EL SECRETARIO.
SRP/GF/Gr.
Exp. Nº 3546/11.