REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, diecisiete (17) de octubre del año dos mil once (2011)
201° y 152°

ASUNTO N° WP11-L-2011-000236

Vista la diligencia de fecha trece (13) de octubre del año dos mil once (2011), suscrita por el profesional del derecho MARCO BRITO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 86.113, en su carácter de Procurador de Trabajadores, mediante la cual desiste del presente procedimiento y solicita el archivo y cierre del expediente; este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Vargas; en consecuencia, HOMOLOGA el Desistimiento, en los términos expuestos y en razón de ello declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ


Dra. GIOCONDA CACIQUE



LA SECRETARIA


Abg. YELENY ROSARIO




GC/YR/greo
WP11-L-2011-000236