REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, seis (06) de octubre del año dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: WP11-L-2010- 000275

Vistas y estudiadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, este Juzgado observa que desde el dieciséis (16) de septiembre del año dos mil diez (2010), no se ha verificado ninguna actuación de la parte actora para mantener el necesario impulso procesal en el presente procedimiento, en tal sentido, este Tribunal, considera, que lo más ajustado a derecho es decretar la Perención de la Instancia, en virtud de lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece.”… toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Disposición esta aplicada por remisión analógica del artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia, por los razonamientos antes explanados se DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES, incoado por el ciudadano BENITO ANTONIO CASTRO NAVA, contra la empresa “SERENOS VARGAS, C.A.”, igualmente se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ


Dra. GIOCONDA CACIQUE

LA SECRETARIA

Abg. YELENY ROSARIO

Partes: Benito Antonio Castro Nava & Serenos Vargas, C.A.
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales e Indemnizaciones
GC/YR/greo
WP11-L-2010-000275