REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintiuno (21) de octubre del año dos mil once (2011)
201º Y 152º

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2011-000188
PARTE DEMANDANTE: JHONNY BLADIMIR SANTOS GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.582.661.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FREDDY RIVERA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.51.027.
PARTE DEMANDADA: COANACA INTERNACIONAL LOGISTICS, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia presentada, por el Profesional FREDDY RIVERA en la cual consigna instrumento poder que demuestra su representación de la empresa demandada, y considerando que tal instrumento era el requisito pendiente para la homologación de la transacción de fecha veintidós (22) de julio del presente año, este Juzgado visto que consta en autos los soportes de los pagos pendientes realizados al trabajador de conformidad con lo previsto en el numero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su Reglamento, y por autoridad de la Ley declara: Por cuanto no se vulneraron derechos irrenunciables del Ciudadano supra mencionado, ni normas de orden público, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN, a la Transacción consignada en fecha diecinueve (19) de octubre del año en curso, dándole efectos de Cosa Juzgada, por consiguiente se ordenará el cierre y archivo del expediente.-
LA JUEZ PROVISORIA

Abg. RAQUEL CASTEJÓN GUZMÁN
EL SECRETARIO

Abg. WILLIAM SUAREZ