REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, treinta y uno (31) de octubre de dos mil once (2011)
201º Y 152º
ASUNTO: WP11-L-2011-000120

PARTE ACCIONANTE: ERIKA MARGARITA MONASTERIOS LOPEZ, titular de la cédula de identidad número V.12.459.765.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE: AURA MARIELA PEÑA GOMEZ y CARMEN FLORELBA PEÑA GOMEZ, abogadas en ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 128.136 y 88.056 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES CORREIA JACA; C.A. (Estación de Servicio Tacagua).
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: MARIA TERESA BRITO CARRICATI y JOSE RAMON SOLORZANO PERDOMO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 76.065 y 39.055 respectivamente.

TERCERO INTERVINIENTE: GOBERNACION DEL ESTADO VARGAS
APODERADO JUDICUIAL DEL TERECERO INTERVINIENTE: LUIS EDGARDO GARCIA SANCHEZ, JHON VICENTE SUAREZ GUZMAN y CAROLINA J. HERRERA BOZZO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.808, 121.977 y 79.602 respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy, treinta y uno (31) de octubre de dos mil once (2011), siendo las doce del mediodía (12:00 m), oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, se da inicio a la misma y se deja constancia que comparecieron las ciudadanas CARMEN FLORELBA PEÑA GOMEZ, en su condición de apoderada judicial de la parte actora; igualmente comparece la ciudadana MARIA TERESA BRITO CARRICATI, apoderada judicial de la parte demandada, ya identificada; asimismo, se hacen presentes la ciudadanas ISABEL CRISTINA MORENO ARROYO y CAROLINA J. HERRERA BOZZO, apoderadas judiciales del tercero interviniente, igualmente identificadas. Iniciada la audiencia y luego de algunas deliberaciones las partes llegan al siguiente acuerdo: PRIMERO: Con el fin de dar por concluido el presente juicio, la parte demandada ofrece pagar a la parte demandante la suma de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (33.000,00 BsF), la cual comprende los siguientes conceptos: antigüedad artículo 108 de la LOT, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, dotación de uniformes, bonificación por asistencia, y suministro de leche. SEGUNDO: Dicho monto de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (33.000,00 BsF) será pagado por el tercero interviniente a mas tardar el día catorce (14) de noviembre del año 2.011, mediante cheque a ser entregado por ante la URDD de este circuito judicial. TERCERO: La parte actora, la parte demandada y el tercero interviniente, manifiestan estar satisfechos con el presente acuerdo. Finalmente, todas las partes solicitaron al Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes quedan en custodia del Tribunal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

Abg. JOSE G. ESPAÑA GAMBOA
LAS PARTES COMPARECIENTES:


CARMEN FLORELBA PEÑA GOMEZ


MARIA TERESA BRITO CARRICATI


ISABEL CRISTINA MORENO ARROYO


CAROLINA J. HERRERA BOZZO
EL SECRETARIO

ABG. WILLIAM SUAREZ