JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintisiete de septiembre de dos mil once.
201º y 152º
En el presente juicio N° 6984 instaurado por los abogados SERGIO SANCHEZ Y ANA PAZ SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 59234 y 63.378, en su orden, apoderados judiciales FINANCIAUTO, C.A., contra MORENO MEDINA JESUS GREGORIO, titular de la cédula de identidad N° V-9.215.426, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN; y vista la diligencia de fecha 25 de abril de 2011, mediante la cual desiste del procedimiento; este Juzgado considera procedente dicho pedimento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por el co apoderado demandante ANA PAZ SANCHEZ, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, a tal efecto se acuerda:
Entregar originales de las letras de cambio a la parte actora.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se dejó copia bajo el N° 507
Marilú
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