REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

San Cristóbal Estado Táchira, miércoles 21 de Septiembre de 2011, siendo las 9:28 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de ésta Circunscripción Judicial, junto con el abogado Luis Enrique Gómez Colmenares, titular de la cedula de identidad N° V- 9.190.239, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.304, apoderado judicial de Jesús Miguel Chávez Zambrano, en la vía principal de Las Lomas, frente al Banco Mercantil, a fin de llevar a cabo medida ejecutiva de embargo, decretada por el Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, demanda incoada por Jesús Miguel Chávez Zambrano contra el ciudadano Jairo del Río Molina Hurtado, expediente N° 000-341-2009, Cobro de Bolívares-Intimación. El Tribunal se hizo acompañar del Oficial Jefe Víctor Angarita, placa 305, Funcionario de Politáchira y de los auxiliares de justicia, ciudadano Mario Alberto Tovar, titular de la cedula de identidad N° V- 1.528.319, designado como Perito y de La Depositaria Judicial La Seguridad, representada por el ciudadano José Alexis D’Yongh, titular de la cedula de identidad N° V-12.771.418, quienes estando presentes aceptaron los cargos y prestaron el debido juramento de Ley. Se encuentra presente el ciudadano Jairo del Río Molina Hurtado, titular de la cedula de identidad N° V- 11.504.635, demandado de autos, quien fue notificado de la misión y objeto del Tribunal. Ahora bien, por cuanto el derecho a la defensa, es un derecho inherente a toda persona, garantizada y protegido en todo grado y estado del proceso, se le concede al notificado un plazo de 20 minutos, para que ubique a un abogado que defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal 1° de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional; sentencia N° 10 de fecha 02/02/2000, en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, Suspendiendo el acto por dicho plazo. Transcurrido el plazo el notificado informa al ciudadano Juez que no es posible ubicar al abogado, sin embargo, su intención es cumplir por lo que le ofrece a la parte actora representada en este acto por su abogado Luis Enrique Gómez, la suma de Quince Mil Bolívares (Bs. 15.000,00) y dar así por terminado el presente juicio. En este estado el abogado Luis Enrique Gómez, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Visto el ofrecimiento realizado en este acto, en nombre de mi mandante Jesús Chávez, manifiesto que recibo de manos del ciudadano Jairo del Río Molina Hurtado, la cantidad de Quince Mil Bolívares (Bs. 15.000,00), en dinero efectivo y de legal circulación, dando así por terminado el presente juicio por lo que solicito que se suspenda la presente ejecución y sean remitidas las actuaciones al Tribunal comitente a los fines que levanten la medida y se de por terminado el presente juicio y se archive el expediente. En este estado el ciudadano Juez visto lo expuesto por la parte actora, acuerda suspender la presente ejecución, revoca el nombramiento de perito y depositario judicial. Se acuerda dejar copia certificada de la diligencia donde se solicita el traslado, el auto que lo acordó y de la presente acta para el copiador de actas llevado por éste Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto siendo las 11:00 de la mañana, Regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta conformes firman. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. Lugar del Sello. (Fdo). Jairo del Río Molina Hurtado. Demandado-Notificado. (Fdo). Abogado Luis Enrique Gómez. Apoderado Actor. (Fdo). Mario Alberto Tovar. Perito. (Fdo). José Alexis D’Yongh. Depositaria Judicial. (Fdo). Oficial Jefe Víctor Angarita. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).