REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 23 de Septiembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-003841
ASUNTO : WP01-P-2009-003841
Vista la decisión que antecede mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor del ciudadano ROMER ANGEL LEAL, titular de la cédula de identidad Nº V-16.170.091, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.
Al penado ROMER ANGEL LEAL, se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por ser autor culpable y responsable del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto u sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes, debiendo este Juzgado tomar en cuenta la redención dictada en el día de hoy, por un tiempo de Cuatro (04) Meses y Cinco (05) Días, por lo que se evidencia que ha estado detenido un tiempo de Dos (02) Años, Cinco (05) Meses y Veinticuatro (24) Días, tomando en cuenta la redención, por lo que le falta por cumplir una pena de Cinco (05) Años, Seis (06) Meses y Seis (06) Días, en virtud que el penado esta detenido por primera vez desde el día 04-08-2009 hasta la presente fecha.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el día 28-03-2011.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el día 28-11-2011.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el día 28-07-2014.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el día 28-03-2015.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el día 29-03-2017.
Publíquese, Diarícese, déjese copia, notifíquese a las partes, líbrense los correspondientes oficios. Cúmplase.
EL JUEZ,
DR. JESUS ERNESTO DURAN RAGA.
LA SECRETARIA,
ABG. ELFFY VINCENTI.